23 enero 2012
Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (11/787/B), por la que se recomienda al Departamento de Educación que proceda a comprobar la documentación presentada por el promotor de la queja, y, en el caso de haber acreditado la concurrencia de las dos excepciones a que se refiere el artículo 9 de la Orden Foral 814/2010, de 31 de diciembre, se le reconozca prioridad en la lista de aspirantes a la contratación, procediendo, de ser posible, a su inmediata contratación, y, en su caso, a la indemnización que le pudiera corresponder por el tiempo que pudo estar contratado y no lo ha estadoTema: Prioridad por discapacidad y mayor de 55 años en las listas de aspirantes a ocupar puestos de trabajo