31 enero 2020
Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q19/1030) por la que se recuerda al Ayuntamiento de Beriáin el deber legal de resolver expresamente y por escrito la instancia presentada por el interesado el 19 de noviembre de 2018. Asimismo se le recomienda que informe al autor de la queja en relación con los valores considerados en los años 2005 y 2015 para el cálculo del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos Urbanos, liquidado por la adquisición de su vivienda.Tema: La falta de contestación del Ayuntamiento de Beriain a un escrito presentado por el autor de la queja relativo a la liquidación del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos Urbanos, derivada de la compra de una vivienda en el año 2015.