28 septiembre 2015
Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q15/474) por la que se recuerda al Ayuntamiento de Peralta el deber legal de expresar, en las notificaciones de las resoluciones, los recursos que procedan frente a las mismas y los órganos y plazos de interposición, y de hacerlo así en relación con el escrito del 10 de agosto de 2015, determinante de la queja. Asimismo se le recomienda que tramite el escrito de reclamación de responsabilidad patrimonial presentado por el interesado el 7 de agosto de 2015 y que valore nuevamente el fondo del asunto que suscita, sin perjuicio de la calificación que se dé al citado escrito.Tema: Denegación solicitud apertura expediente de responsabilidad patrimonial.