26 noviembre 2014
Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q14/874) por la que se recomienda al Departamento de Presidencia, Justicia e Interior que, en relación con la convocatoria aludida en la queja, para el desempeño del puesto de trabajo de Psicólogo mediante declaración de situación de servicios especiales para la formación, compute el tiempo correspondiente a la excedencia especial por cuidado de hijo que disfrutó la interesada, con los efectos que de ello se deriven.Tema: Exclusión de periodo formación por no computar tiempo excedencia por cuidado de hijo.