04 marzo 2016
Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q16/2) por la que se recuerda al Ayuntamiento de Puente la Reina/Gares, el deber legal de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 95.1 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, certificando la existencia o inexistencia de informes del expediente. Asimismo se le recomienda que facilite al autor de la queja una copia completa de la documentación solicitada en su instancia del pasado 2 de diciembre de 2015 y de 4 de enero de 2016, si no lo hubiera hecho ya.Tema: La falta de entrega del Ayuntamiento de Puente la Reina de la documentación necesaria para la legítima defensa de sus intereses ante la jurisdicción contencioso-administrativa.