13 julio 2020
Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q20/673) por la que se recomienda al Ayuntamiento de Tudela que no sancione al interesado por la infracción de desobediencia imputada (artículo 36.6 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana). El mero incumplimiento de las limitaciones que prevé la declaración del estado de alarma motivada por la crisis sanitaria derivada del COVID-19, no es, por sí solo, un elemento suficiente a los efectos del tipo infractor señalado: para que exista este tipo de desobediencia a la autoridad o a sus agentes se requiere un mandato expreso, concreto y determinante, una individualización de ese mandato y, sobre todo, la oposición clara a dicho mandato, y que así haya quedado reflejado en el escrito de denuncia y que luego lo haya confirmado el agente denunciante.Tema: La disconformidad del autor de la queja con una la denuncia interpuesta por agentes de Policía Municipal de Tudela cuando volvía de adquirir alimentos durante el estado de alarma.