02 febrero 2022
Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q21/1194) por la que se recomienda que, si la finalidad es informativa, se haga constar tal carácter en los escritos, y se eviten las referencias conminatorias a requerimientos, plazos para atenderlos y apercibimientos por su desatención, pues no se compadecen con esa finalidad.Tema: El desacuerdo con dos escritos de apercibimiento que el Ayuntamiento de Valtierra ha remitido al hermano de la autora de la queja, como adjudicatario de dos cuevas de la localidad