05 octubre 2022
Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q22/891) por la que se recuerda al Ayuntamiento de Abaigar: a) Su deber legal de proteger con eficacia los derechos de los ciudadanos afectados por el ruido, adoptando las medidas que sean precisas al efecto en un plazo razonable. b) Su deber legal de cumplir con la legislación vigente en materia de protección de datos, debiéndose de abstener de contener datos personales de personas físicas identificables en bandos municipales. c) El deber de resolver en tiempo y forma las solicitudes de acceso a la información pública realizadas por los ciudadanos al amparo de la Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.Tema: Las molestias derivadas de la organización de campamentos de verano en la localidad de Abaigar y la contestación en una sesión plenaria a una reclamación presentada sobre el asunto.