2020 abendua 24
Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q20/1240) por la que, a) se recuerda al Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, el deber legal de respetar lo establecido en el artículo 607 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, y no realizar retenciones en nómina por encima de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional, y b) se recomienda al Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, que, en tanto no se tramite el expediente de reclamación de la deuda generada por los errores en el pago de las nóminas del contrato que suscribió la interesada en el año 2018, no realice retenciones en la nómina de la autora de la queja, y proceda a abonarle las cantidades que haya dejado de percibir durante los meses de noviembre y, en su caso, diciembre.Gaia: La disconformidad de la autora de la queja con una retención realizada en la nómina del mes de noviembre por el Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior.