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Resoluciones relacionadas con la gestión interna de la institución

Resolución de 9 de julio, del Defensor del Pueblo de Navarra, por la que se adjudica la contratación del servicio de traducción de textos de castellano a euskera y viceversa para la institución del Defensor del Pueblo de Navarra durante el período comprendido entre 9 de julio de 2020 y 30 de junio de 2021.

09 julio 2020

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RESOLUCIÓN 23/20, de 9 de julio, del Defensor del Pueblo de Navarra, por la que se adjudica la contratación del servicio de traducción de textos de castellano a euskera y viceversa para la institución del Defensor del Pueblo de Navarra durante el período comprendido entre 9 de julio de 2020 y 30 de junio de 2021.

Mediante la Resolución 17/20, de 16 de junio, del Defensor del Pueblo de Navarra, se inició el procedimiento para la contratación de los citados servicios, invitando a participar en el mismo a cinco empresas.

Vistas las ofertas presentadas, el informe del Secretario General y del Técnico de Gestión, de 2 de julio de 2020, en el que se formula propuesta de adjudicación, así como el informe de la Intervención y teniendo en cuenta la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos,

RESUELVO:

Primero.- Adjudicar la contratación del servicio de traducción de textos de castellano a euskera y viceversa para la institución del Defensor del Pueblo de Navarra a Bakun itzulpen eta argitalpen zerbitzuak, S.L., cuyo NIF es […], de conformidad con el pliego de condiciones reguladoras de la contratación así como con la oferta presentada, para el período comprendido entre el 9 de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021.

Segundo.- Requerir al adjudicatario que, de conformidad con lo establecido en el artículo 101 de la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos, comparezca a la formalización del contrato en el plazo de quince días a partir de la notificación de la adjudicación.

Tercero.- Autorizar un gasto por importe de 7.400 euros, IVA incluido, con cargo a la partida 2278, denominada Trabajos traducción euskera, del presupuesto vigente de gastos, por la parte imputable al ejercicio 2020.

Cuarto.- Los gastos derivados de la citada contratación, en lo que afecta al período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2021, se aplicarán al ejercicio 2021, quedando condicionados a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la partida 2278, denominada Trabajos traducción euskera, del presupuesto de gastos del ejercicio 2021.

Quinto.- Trasladar esta Resolución al Interventor y a las empresas que han presentado oferta.

Sexto.- Contra esta resolución podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la notificación de la misma, sin perjuicio de la posibilidad de interponer recurso potestativo de reposición ante el Defensor del Pueblo de Navarra en el plazo de un mes a partir de la notificación de la resolución. Podrá interponerse también la reclamación especial en materia de contratación pública ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Navarra por las empresas, profesionales y personas interesadas en la licitación y adjudicación de un contrato público.

Pamplona, 9 de julio de 2020.

El Defensor del Pueblo de Navarra

Nafarroako Arartekoa

Francisco Javier Enériz Olaechea

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