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Nº: 22
RESOLUCIÓN 22/20, de 30 de junio, del Defensor del Pueblo de Navarra, por la que se adjudica la contratación del servicio de limpieza de la sede del Defensor del Pueblo de Navarra durante el período comprendido entre 1 de julio de 2020 y 30 de junio de 2021.
Mediante la Resolución 16/20, de 10 de junio, del Defensor del Pueblo de Navarra, se inició el procedimiento para la contratación de los citados servicios, invitando a participar en el mismo a cinco empresas.
Vistas las ofertas presentadas, el informe del Secretario General y del Técnico de gestión, de 24 de junio de 2020, en el que se formula propuesta de adjudicación, así como el informe de la Intervención y teniendo en cuenta la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos,
Primero.- Adjudicar la contratación del del servicio de limpieza de la sede del Defensor del Pueblo de Navarra a Eulen, S.A., cuyo NIF es […], de conformidad con el pliego de condiciones reguladoras de la contratación así como con la oferta presentada, por un importe de 15.111 euros anuales, IVA excluido, para el período comprendido entre el 1 de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021.
Segundo.- Requerir al adjudicatario que, de conformidad a lo establecido en el artículo 101 de la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos, comparezca a la formalización del contrato en el plazo de quince días a partir de la notificación de la adjudicación.
Tercero.- Comprometer créditos por importe de 9.142,14 euros, IVA incluido, con cargo a la partida 2271, denominada Servicios de limpieza y aseo
, del presupuesto vigente de gastos, por la parte imputable al ejercicio 2020.
Cuarto.- Los gastos derivados de la citada contratación, en lo que afecta al período comprendido entre 1 de enero y 30 de junio de 2021, se aplicarán al ejercicio 2021, quedando condicionados a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la partida 2271, denominada Servicios de limpieza y aseo
, del presupuesto de gastos del ejercicio 2021.
Quinto.- Trasladar la presente Resolución al Interventor y a las empresas que han presentado oferta.
Sexto.- Contra esta resolución podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la notificación de la misma, sin perjuicio de la posibilidad de interponer recurso potestativo de reposición ante el Defensor del Pueblo de Navarra en el plazo de un mes a partir de la notificación de la resolución. Podrá interponerse también la reclamación especial en materia de contratación pública ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Navarra por las empresas, profesionales y personas interesadas en la licitación y adjudicación de un contrato público.
Pamplona, 30 de junio de 2020.
El Defensor del Pueblo de Navarra
Nafarroako Arartekoa
Francisco Javier Enériz Olaechea
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