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Nº: 16
RESOLUCIÓN 16/18, de 27 de abril, del Defensor del Pueblo de Navarra, por la que se adjudica la contratación de los servicios de asistencia técnica en transparencia y comunicación para la institución del Defensor del Pueblo de Navarra, durante el período comprendido entre el 1 de mayo de 2018 y el 30 de abril de 2019.
Mediante la Resolución 13/18, de 13 de abril, del Defensor del Pueblo de Navarra, se inició el procedimiento negociado sin publicidad para la contratación de los citados servicios de comunicación y transparencia, invitando a participar en el mismo a tres empresas.
Vistas las ofertas presentadas, el informe del Secretario General y del Técnico de gestión, de 25 de abril de 2018, en el que se formula propuesta de adjudicación, así como el informe de la Intervención y teniendo en cuenta la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos,
Primero.Adjudicar la contratación de los servicios de transparencia y comunicación a Don Carlos Fernández Prego, cuyo NIF es […], de conformidad con las condiciones esenciales del contrato así como con la oferta presentada, por un importe de 15.600 euros anuales, IVA excluido, para el período comprendido entre el 1 de mayo de 2018 y el 30 de abril de 2019.
Segundo.Requerir al adjudicatario que, de conformidad a lo establecido en el artículo 94 de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos, comparezca a la formalización del contrato de asistencia en el plazo de quince días a partir de la notificación de la adjudicación.
Tercero.Comprometer créditos por importe de 12.584 euros, IVA incluido, con cargo a la partida 2279, denominada “Otros trabajos realizados”, del presupuesto de gastos para el ejercicio del año 2018, para hacer frente a la citada contratación.
Cuarto. Los gastos derivados de la citada contratación, en lo que afecta al período comprendido entre 1 de enero y 30 de abril de 2019, se aplicarán al ejercicio 2019, quedando condicionados a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la partida 2279, denominada “Otros trabajos realizados”, del presupuesto de gastos del ejercicio 2019.
Quinto. Trasladar la presente Resolución al Interventor y a las empresas que han presentado oferta.
Sexto. Contra esta resolución podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la notificación de la misma, sin perjuicio de la posibilidad de interponer recurso potestativo de reposición ante el Defensor del Pueblo de Navarra en el plazo de un mes a partir de la notificación de la resolución.Con carácter sustitutivo, también podrá interponerse reclamación ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Navarra en el plazo de diez días contado a partir del día siguiente desde la notificación, y deberá fundarse exclusivamente en los motivos señalados en el artículo 210.3 de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos.
Pamplona, 27 de abril de 2018
El Defensor del Pueblo de Navarra
Nafarroako Arartekoa
Francisco Javier Enériz Olaechea
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