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Nº: 29
RESOLUCIÓN 29/2019, de 10 de diciembre de 2019, del Defensor del Pueblo de Navarra, por la que se concede una beca de formación, de duración anual y con requisito de conocimiento de euskera, con destino en el Defensor del Pueblo de Navarra.
Mediante la Resolución 41/2018, de 12 de diciembre, el Defensor del Pueblo de Navarra aprobó las bases para la convocatoria de una beca de formación, de duración anual y con requisito de conocimiento de euskera, para personas con grado en Derecho. Dichas bases fueron publicadas en el Boletín Oficial de Navarra número 244, de 20 de diciembre de 2018, en el Boletín Oficial del Parlamento de Navarra número 154, de 17 de diciembre de 2018 y en el espacio digital de la institución.
Vistos el Informe del Técnico de Gestión y el Informe de la Intervención, así como el Acta de 17 de enero de 2019 de la Comisión Evaluadora por la que se establece la lista con las personas según el orden de prelación de la puntuación obtenida.
En ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 7 del Reglamento de organización y funcionamiento del Defensor del Pueblo de Navarra, aprobado el 21 de noviembre de 2005 por la Mesa del Parlamento de Navarra,
Primero.- Conceder una beca de formación con requisito de conocimiento de euskera, con destino en la institución del Defensor del Pueblo de Navarra, a doña Idoia García Juampérez, con grado en Derecho.
Segundo.- Determinar que la beca de formación comenzará el 10 de diciembre de 2019 y finalizará el 9 de diciembre de 2020.
Tercero.- Efectuar con cargo a la partida 4890, denominada Transferencias para becas"
, del presupuesto de gastos del ejercicio del año 2019 una autorización y compromiso de gastos por importe de 770 euros, en concepto de beca o ayuda económica pública, y con cargo a la partida 1600, denominada Seguridad social a cargo de la empresa
por importe de 48,41 euros, por la cuota de empresa de cotización a la Seguridad Social.
Cuarto.- Los gastos derivados de la beca, en lo que afecta al período comprendido entre el 1 de enero y el 9 de diciembre de 2020, se aplicarán al ejercicio 2020, quedando condicionados a la existencia de crédito adecuado y suficiente en las partidas 1600 y 4890 del presupuesto de gastos del ejercicio del año 2020.
Quinto.- Contra esta Resolución pueden interponerse:
Sexto.- Trasladar la presente Resolución a la interesada y al Interventor, y publicarla en el espacio digital de la institución ( www.defensornavarra.com).
Pamplona-Iruña, 10 de diciembre de 2019.
El Defensor del Pueblo de Navarra
Nafarroako Arartekoa
Francisco Javier Enériz Olaechea
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