2020 abendua 31
Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q20/874) por la que, a) se recuerda al Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, el deber legal de resolver las solicitudes de autorización de actividades autorizables en suelo no urbanizable en el plazo máximo de dos meses establecido en el artículo 117 c) de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, cuyo texto refundido se aprobó mediante el Decreto Foral legislativo 1/2017, de 26 de julio, y b) se recomienda al Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, que, a la mayor brevedad posible, resuelva la solicitud de autorización para la realización de obras en suelo no urbanizable (construcción de unos anexos a una borda agrícola en Igantzi) a la que se refiere la queja.Gaia: La falta de contestación del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, a una solicitud de autorización para la realización de obras en suelo no urbanizable.