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Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra, por la que se aprueba la prórroga del “contrato de asistencia técnica para la traducción de textos de castellano a euskera y de euskera a castellano para la Oficina del Defensor del Pueblo de Navarra” por una nueva anualidad, la comprendida entre el 1 de marzo de 2014 y el 28 de febrero de 2015.

26 febrero 2014

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RESOLUCIÓN 9/14, de 26 de febrero, del Defensor del Pueblo de Navarra, por la que se aprueba la prórroga del contrato de asistencia técnica para la traducción de textos de castellano a euskera y de euskera a castellano para la Oficina del Defensor del Pueblo de Navarra por una nueva anualidad, la comprendida entre el 1 de marzo de 2014 y el 28 de febrero de 2015.

Mediante la Resolución 9/13, de 27 de febrero, del Defensor del Pueblo de Navarra, se adjudicaron los servicios de traducción de textos de castellano a euskera y de euskera a castellano a la empresa HORI - HORI, S.A., formalizándose el correspondiente contrato de asistencia que fue firmado por ambas partes el 1 de marzo de 2013.

Estando próxima la fecha límite para prorrogar el citado contrato para el período comprendido entre el 1 de marzo de 2014 y el 28 de febrero de 2015 y a la vista de los Informes del Técnico de Gestión, del Informe Jurídico y del Informe de la Intervención.

RESUELVO:

Primero.- Aprobar la prórroga del contrato de traducción de textos de castellano a euskera y de euskera a castellano para la Oficina del Defensor del Pueblo de Navarra por una nueva anualidad, la comprendida entre el 1 de marzo de 2014 y el 28 de febrero de 2015.

Segundo.- La revisión de precios se realizará mediante la aplicación del IPC de Navarra correspondiente al año inmediatamente anterior fijado por el organismo oficial competente.

Tercero.- Autorizar 22.183,33 euros de gasto, IVA incluido, con cargo a la partida 2278, denominada Trabajos traducción euskera, del presupuesto de gastos del ejercicio del año 2014, para hacer frente a la citada contratación, en lo que afecta al período comprendido entre el 1 de marzo y el 31 de diciembre de 2014.

Cuarto.- Los gastos derivados de la citada prórroga, en lo que afecta al período comprendido entre el 1 de enero y el 28 de febrero de 2015 se aplicarán al ejercicio 2015, quedando condicionados a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la partida 2278, denominada Trabajos traducción euskera, del presupuesto de gastos del ejercicio 2015.

Quinto.- Trasladar la presente Resolución al Interventor y a la empresa adjudicataria.

Pamplona, 26 de febrero de 2014

El Defensor del Pueblo de Navarra

Nafarroako Arartekoa

Francisco Javier Enériz Olaechea

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