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Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra, por la que se adjudica el contrato de asistencia técnica consistente en el desarrollo, adaptación y puesta en funcionamiento de la aplicación informática cedida por el Defensor del Pueblo Andaluz para la gestión de la actividad del Defensor del Pueblo de Navarra

27 marzo 2013

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RESOLUCIÓN 15/13, de 27 de marzo, del Defensor del Pueblo de Navarra, por la que se adjudica el contrato de asistencia técnica consistente en el desarrollo, adaptación y puesta en funcionamiento de la aplicación informática cedida por el Defensor del Pueblo Andaluz para la gestión de la actividad del Defensor del Pueblo de Navarra.

Mediante las Resoluciones 13/12 y 32/12, de 13 de marzo y 24 de agosto de 2012, respectivamente, del Defensor del Pueblo de Navarra, se adjudicó y se prorrogó la contratación de la asistencia técnica para la instalación, implantación y configuración de la aplicación informática cedida por el Defensor del Pueblo Andaluz al Defensor del Pueblo de Navarra, en virtud del Convenio de colaboración entre el Defensor del Pueblo Andaluz y el Defensor del Pueblo de Navarra para la adhesión de este último al Convenio de colaboración suscrito entre el Defensor del Pueblo Andaluz, el Defensor del Pueblo de Castilla-La Mancha y el Defensor del Pueblo de la Región de Murcia para la constitución de una Plataforma interinstitucional de cooperación tecnológica y el uso compartido de aplicaciones y desarrollos tecnológicos.

A la vista del informe del que se desprende la necesidad de proceder a desarrollar y adaptar la aplicación a las características de la institución del Defensor del Pueblo de Navarra con carácter previo a su puesta en funcionamiento, del informe jurídico elaborado al respecto y del informe de la Intervención, y teniendo en cuenta la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos.

RESUELVO:

Primero.- Adjudicar la contratación de la asistencia técnica para el desarrollo, adaptación y puesta en funcionamiento de la aplicación informática cedida por el Defensor del Pueblo Andaluz al Defensor del Pueblo de Navarra para la gestión de su actividad, a la empresa Computadores Navarra S.A, cuyo NIF es […], de conformidad con las condiciones esenciales del contrato, así como con la oferta presentada.

Segundo.- Formalizar el contrato con la empresa Computadores Navarra S.A. según las condiciones esenciales del mismo.

Tercero.- Autorizar y comprometer créditos por importe de 29.545,78 euros, IVA incluido, con cargo a la partida 6090, denominada Aplicaciones informáticas, del presupuesto de gastos del ejercicio del año 2013.

Cuarto.- Trasladar la presente Resolución al Interventor y a la empresa adjudicataria.

Quinto.- Contra esta resolución podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la notificación de la misma, sin perjuicio de la posibilidad de interponer recurso potestativo de reposición ante el Defensor del Pueblo de Navarra en el plazo de un mes a partir de la notificación de la resolución.

Pamplona, 27 de marzo de 2013

El Defensor del Pueblo de Navarra

Francisco Javier Enériz Olaechea

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