Compartir contenido
Nº: 42
RESOLUCIÓN 42/2012, de 31 de diciembre, del Defensor del Pueblo de Navarra, por la que se vincula el cobro de la paga extraordinaria de diciembre correspondiente al Defensor del Pueblo de Navarra y al personal eventual de la institución al resultado que tenga la aplicación, al personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, de la Ley Foral por la que se crea, con efecto para el año 2012, un complemento personal transitorio por pérdida del poder adquisitivo, y de la Ley Foral por la que se adoptan en la Comunidad Foral de Navarra medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, aprobadas por el Pleno del Parlamento de Navarra en su sesión de 20 de diciembre de 2012, de tal modo que el Defensor del Pueblo de Navarra y el personal eventual de la institución tengan el mismo tratamiento que el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
Vista la Resolución 06/2012, de 26 de enero, del Defensor del Pueblo de Navarra, por la que se fijan las retribuciones brutas anuales para el personal al servicio de la institución del Defensor del Pueblo de Navarra para el año 2012.
Visto que en dicha Resolución se fijan las retribuciones brutas anuales del Defensor del Pueblo de Navarra, de sus asesores y de la secretaria del Defensor del Pueblo para el año 2012, en correspondencia con los Consejeros del Gobierno de Navarra (sin complementos), los Directores Generales de la Administración de la Comunidad Foral (sin complementos), los Directores de Servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y la Secretaría de Consejero del Gobierno de Navarra.
Conocido que dichos cargos del Gobierno de Navarra y de la Administración de la Comunidad Foral están pendientes del resultado que tenga la aplicación, al personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, de la Ley Foral por la que se crea, con efecto para el año 2012, un complemento personal transitorio por pérdida del poder adquisitivo, y de la Ley Foral por la que se adoptan en la Comunidad Foral de Navarra medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, aprobadas por el Pleno del Parlamento de Navarra en su sesión de 20 de diciembre de 2012, pudiendo en su caso no cobrar la paga extraordinaria de diciembre de 2012 y percibir adelantada en enero de 2013 la paga extraordinaria de julio de 2013.
Visto, como situación similar, el Acuerdo de 27 de diciembre de 2012, de la Mesa del Parlamento de Navarra, adoptado previa audiencia de la Junta de Portavoces, que acuerda vincular el cobro de la paga extraordinaria de diciembre correspondiente a los Parlamentarios Forales al resultado que tenga la aplicación, al personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, de la Ley Foral por la que se crea, con efecto para el año 2012, un complemento personal transitorio por pérdida del poder adquisitivo y de la Ley Foral por la que se adoptan en la Comunidad Foral de Navarra medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, aprobadas por el Pleno del Parlamento de Navarra en su sesión de 20 de diciembre de 2012, de tal modo que los Parlamentarios tengan el mismo tratamiento que el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
En el ejercicio de mis funciones rectoras y administrativas de la institución y de jefatura de personal, reconocidas por el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra,
Primero. Vincular el cobro de la paga extraordinaria de diciembre correspondiente al Defensor del Pueblo de Navarra y al personal eventual de la institución al resultado que tenga la aplicación, al personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, de la Ley Foral por la que se crea, con efecto para el año 2012, un complemento personal transitorio por pérdida del poder adquisitivo, y de la Ley Foral por la que se adoptan en la Comunidad Foral de Navarra medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, aprobadas por el Pleno del Parlamento de Navarra en su sesión de 20 de diciembre de 2012, de tal modo que el Defensor del Pueblo de Navarra y el personal eventual de la institución tengan el mismo tratamiento que el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
Segundo. Trasladar esta Resolución al Secretario General y al Técnico de grado medio en gestión administrativa e Interventor de esta institución, a los efectos oportunos.
Pamplona, 31 de diciembre de 2012
El Defensor del Pueblo de Navarra
Nafarroako Arartekoa
Francisco Javier Enériz Olaechea
Compartir contenido