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Resolución de 18 de diciembre, del Defensor del Pueblo de Navarra, por la que se aprueba la prórroga del contrato de “seguros de vida, accidentes y sus complementarios para los miembros y personal de la Oficina del Defensor del Pueblo de Navarra” por una nueva anualidad, la comprendida entre las cero horas del 1 de enero de 2013 y las cero horas del 1 de enero de 2014.

18 diciembre 2018

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RESOLUCIÓN 38/12, de 18 de diciembre, del Defensor del Pueblo de Navarra, por la que se aprueba la prórroga del contrato de “seguros de vida, accidentes y sus complementarios para los miembros y personal de la Oficina del Defensor del Pueblo de Navarra” por una nueva anualidad, la comprendida entre las cero horas del 1 de enero de 2013 y las cero horas del 1 de enero de 2014.

Mediante la Resolución 41/10, de 22 de diciembre, del Defensor del Pueblo de Navarra, se adjudicó el contrato de seguros de vida, accidentes y sus complementarios para los miembros y personal de la Oficina del Defensor del Pueblo de Navarra a la empresa SURNE Mutua de Seguros y Reaeguros a prima fija, formalizándose el correspondiente contrato que fue firmado por ambas partes el 23 de diciembre de 2010. Posteriormente, mediante la Resolución 28/11, de 19 de diciembre, se aprobó la prórroga del citado contrato por una nueva anualidad, la comprendida entre las cero horas del 1 de enero de 2012 y las cero horas del 1 de enero de 2013, formalizándose el correspondiente documento de prórroga que fue firmado por ambas partes el 19 de diciembre de 2011.

Estando próxima la fecha de finalización y, en consecuencia, la fecha para prorrogar el citado contrato para el período comprendido entre el 1 de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2013, a la vista de los Informes del Técnico de Gestión, del Informe Jurídico y del Informe de la Intervención,

RESUELVO:

Primero. Aprobar la prórroga del contrato de “seguros de vida, accidentes y sus complementarios para los miembros y personal de la Oficina del Defensor del Pueblo de Navarra” por una nueva anualidad, la comprendida entre las cero horas del 1 de enero de 2013 y las cero horas del 1 de enero de 2014.

Segundo. Los gastos derivados de la citada prórroga se aplicarán al ejercicio 2013, quedando condicionados a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la partida 2243, denominada “Primas de seguros”, del Presupuesto de gastos del ejercicio del año 2013.

Tercero. Trasladar la presente Resolución al Interventor y a la empresa adjudicataria.

Pamplona, 18 de diciembre de 2012

El Defensor del Pueblo de Navarra

Nafarroako Arartekoa

Francisco Javier Enériz Olaechea

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