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Nº: 13
RESOLUCIÓN 13/12, de 13 de marzo, del Defensor del Pueblo de Navarra, por la que se adjudica el contrato de asistencia técnica para la instalación, implantación y configuración de la aplicación informática cedida por el Defensor del Pueblo Andaluz al Defensor del Pueblo de Navarra.
Mediante la Resolución 32/11, de 27 de diciembre, del Defensor del Pueblo de Navarra, se inició el procedimiento para la contratación de la instalación, implantación y configuración de la aplicación informática cedida por el Defensor del Pueblo Andaluz al Defensor del Pueblo de Navarra, en virtud del Convenio de colaboración entre el Defensor del Pueblo Andaluz y el Defensor del Pueblo de Navarra para la adhesión de este último al Convenio de colaboración suscrito entre el Defensor del Pueblo Andaluz, el Defensor del Pueblo de Castilla-La Mancha y el Defensor del Pueblo de la Región de Murcia para la constitución de una Plataforma interinstitucional de cooperación tecnológica y el uso compartido de aplicaciones y desarrollos tecnológicos
, firmado el pasado 7 de junio de 2011.
Vistas las ofertas presentadas, el Informe de la Secretaria General y del Técnico de Gestión en el que se formula una propuesta de adjudicación, así como el Informe de la Intervención y teniendo en cuenta la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos.
Primero. Adjudicar la contratación de la asistencia técnica para la instalación, implantación y configuración de la aplicación informática cedida por el Defensor del Pueblo Andaluz al Defensor del Pueblo de Navarra, a la empresa Computadores Navarra S.A, cuyo NIF es A 31107865, de conformidad con las condiciones esenciales del contrato, así como con la oferta presentada.
Segundo. Formalizar el contratocon la empresa Computadores Navarra S.Asegúnlas condiciones esenciales del mismo.
Tercero. Autorizar y comprometer créditos por importe de 25.960 euros, IVA incluido, con cargo a la partida 6090, denominada Aplicaciones informáticas
, del presupuesto de gastos del ejercicio del año 2012.
Cuarto. Trasladar la presente Resolución al Interventor y a las empresas que han presentado oferta.
Quinto. Contra esta resolución podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la notificación de la misma, sin perjuicio de la posibilidad de interponer recurso potestativo de reposición ante el Defensor del Pueblo de Navarra en el plazo de un mes a partir de la notificación de la resolución.
Pamplona, 13 de marzo de 2012
El Defensor del Pueblo de Navarra
Nafarroako Arartekoa
Francisco Javier Enériz Olaechea
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