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Sanidad
Tema: Disconformidad con el traslado del Centro de Día Monjardín al Centro las Hayas de Sarriguren.
Exp: 12/296/B
Sanidad
Con fecha 8 de junio de 2012, recibí el informe emitido por el Departamento de su dirección, en el que se me expone lo siguiente:
“En contestación a su escrito referente a la queja formulada ante esa Institución por doña [?] en representación de la Asociación de Padres y Tutores de personas con Retraso Mental Severo del Centro de Día Monjardín de Pamplona – APAMO (expediente número 12/296/B), he de informarle lo siguiente:
Tal como se señala en su escrito, el Centro de Día Monjardín es un recurso del Gobierno de Navarra que presta servicios en régimen diurno y que ofrece atención a personas con discapacidad mediante programas de ajuste personal y social y tratamiento de rehabilitación orientados a la normalización y evitar en la medida de lo posible el deterioro progresivo.
Actualmente, el Centro es gestionado por la empresa [?], a través de un concierto firmado con el Departamento de Política Social, Igualdad, Deporte y Juventud del Gobierno de Navarra, y se ubica en un local perteneciente a la Real Casa de Misericordia de Pamplona por el que la Agencia Navarra para la Dependencia abona un alquiler mensual.
Desde hace seis años la Real Casa de Misericordia viene demandando la salida de dicho centro de sus instalaciones, una petición motivada por sus propias necesidades. Durante este tiempo el Departamento de Política Social, Igualdad, Deporte y Juventud ha venido barajando distintas alternativas para ubicar este recurso.
El Plan Integral de atención a las personas con discapacidad 2010-2013 contempló en su actuación 9.3.1 la construcción de distintas infraestructuras destinadas a las personas con discapacidad, entre las cuales se encontraba un nuevo centro de día para atender a las personas usuarias del Centro Monjardín cuya inversión se previó para los años 2012 y 2013.
En el año 2011, tuvimos conocimiento de esta situación tanto por parte de la dirección de la R.C. de Misericordia como de la Asociación de Padres y Tutores y, tras barajar diferentes opciones que pudieran dar solución a este tema, teniendo en cuenta la situación económica actual, la obligación de cumplir con el objetivo de estabilidad presupuestaria, la eficacia y eficiencia en el uso de los recursos públicos, pero sobre todo la viabilidad técnica de la propuesta y la capacidad de las distintas infraestructuras con que cuenta este departamento para albergar los distintos recursos, se trasladó a las familias del centro la posibilidad de que la nueva ubicación del servicio sea el CAIDIS Las Hayas.
He de señalar que en todo momento, la prioridad de nuestra propuesta ha sido y es dar la respuesta más adecuada a las personas a quienes va dirigido este servicio.
El CAIDIS Las Hayas, sito en Sarriguren (Valle de Egüés), es el centro más moderno con el que cuenta la Comunidad Foral de Navarra para la atención a la discapacidad.
Fue diseñado en el marco del Plan Navarra 2012 cuya inversión ha ascendido a 14.366.100€. Sus amplias dimensiones, con una superficie útil total de 6.721,35 m2 y su distribución en módulos diferenciados e independientes, se consideró idóneo para ubicar el recurso que hasta estos momentos se presta en el Centro de Día Monjardín.
Desde el punto de vista del servicio, las actuales actividades del centro de día Monjardín, citadas en su carta pueden perfectamente seguir realizándose en estas amplias y modernas instalaciones. En ningún caso, la incorporación a este nuevo espacio va a suponer una merma en la calidad del servicio que se viene prestando sino justamente lo contrario, dadas las grandes posibilidades que el CAIDIS Las Hayas ofrece y que garantizan la continuidad del proyecto.
En estos momentos el Centro Monjardín cuenta con la siguiente plantilla
Dirección | 1 |
Limpieza | 0,75 |
Funciones polivalentes | 1 |
Fisioterapeuta | 1 |
Educación social | 2 |
Responsable aula taller | 1 |
Monitor | 1 |
Personal cuidador | 9 |
PERSONAS USUARIAS | 35 |
Dicha plantilla será la que de continuidad al Proyecto, al ser la misma que lo desarrollará en la nueva ubicación. Por tanto, no hay motivo alguno que sustente la suposición de alteración del proyecto ya que cambia y mejora el continente pero se mantiene el contenido.
En todo momento se ha garantizado que todos los usuarios actuales seguirán formando una unidad con la que se seguirán desarrollando las mismas actividades y programas que se vienen desarrollando y que esta Consejera considera fundamental para que el proyecto tenga continuidad.
Hasta este momento, como señala, el Centro de Día Monjardín ocupaba un edificio de manera separada del resto. El hecho de incorporarse a otro espacio en el que hay residentes permanentes no va a entorpecer la autonomía del proyecto Monjardín, ya que los espacios estarán debidamente separados.
No sólo eso; si como señala la Asociación dicho proyecto es referente en la atención diurna a la discapacidad intelectual, opinión que esta Consejera comparte, lejos de entorpecer la autonomía del proyecto constituye una oportunidad para extender dicho modelo de atención a las personas usuarias del Centro de Día de Las Hayas y colaborar para que el centro residencial Las Hayas sea referente también para el resto de centros de atención a la discapacidad intelectual.
Es objetivo de esta Consejera es que todas aquellas experiencias positivas, como lo es la que nos ocupa, no se queden en el ámbito de un solo Centro sino que se incorporen a todos los Centros, porque todas las personas tienen el mismo derecho a tener la mejor atención que podamos ofrecer. Por tanto, no solo se va a mantener el Proyecto sino que consideramos una prioridad hacerlo extensible al resto de los usuarios de Centros de Día y para ello estamos trabajando".
He analizado detenidamente las cuestiones que me trasladaron los representantes de la Asociación de Padres y Tutores de personas con Retraso Mental Severo del Centro de Día Monjardín de Pamplona – APAMO, y la información que tan amablemente me ha remitido en respuesta a las mismas, y en ejercicio de la misión institucional que tengo atribuida, de defensa y mejora del nivel de protección de los derechos constitucionales de los ciudadanos, y de las funciones y facultades que me confieren los artículos 16 y 17 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, del Defensor del Pueblo de Navarra (entre otras, procurar, en colaboración con los órganos y servicios administrativos, las soluciones más adecuadas en defensa de los derechos e intereses legítimos de las personas, y tratar de lograr una mejora de los servicios de la Administración, combinado en lo posible el interés público y el interés de los ciudadanos), he considerado pertinente trasladarle una serie de reflexiones acerca de las cuestiones expuestas en esta queja.
La primera cuestión es que, según me informa, el Plan Integral de Atención a Personas con Discapacidad 2010-2013 contempla en su actuación 9.3.1 la construcción de distintas infraestructuras destinadas a las personas con discapacidad, entre las cuales se incluye la creación de un nuevo Centro de Día Monjardín, cuya inversión está prevista para los años 2012 a 2013. No obstante, según me expresa, atendiendo a la actual situación económica, desde el Departamento de su dirección se ha optado, como alternativa a la construcción de una nueva infraestructura para acoger el Centro de Día Monjardín, por ubicar este en el Centro residencial para personas con discapacidad Las Hayas.
En mi criterio, esta decisión supone un cambio importante respecto a lo inicialmente previsto, que era la construcción de un Centro de Día independiente, decisión que no debería tener ninguna incidencia negativa en el proyecto actual y futuro del Centro de Día Monjardín, ni en la calidad del trabajo que realizan.
Por cuanto antecede, y dado que no me cabe duda, puesto que así consta expresamente en el informe que me ha remitido, de la disposición favorable del Departamento de Política Social, Igualdad, Deporte y Juventud a mantener el proyecto íntegro que actualmente se desarrolla en el Centro de Día Monjardín, sin que el hecho de incorporarse a otro espacio físico entorpezca su autonomía y su proyecto de atención al usuario, me ha parecido oportuno formularle las siguientes sugerencias:
Le quedaría muy agradecido si, de conformidad con lo dispuesto en el art. 34.2 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, me comunicara, en el plazo máximo de dos meses, la aceptación o no de estas sugerencias y, en caso de aceptarlas, las medidas a adoptar para su materialización.
Aprovecho la ocasión para agradecerle la colaboración que viene prestando a esta institución.
Atentamente,
El Defensor del Pueblo de Navarra
Francisco Javier Enériz Olaechea
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