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Sugerencia del Defensor del Pueblo de Navarra (10/35/O) para que el Ayuntamiento de Pamplona continúe estudiando la posible solución a un problema de filtraciones.

12 abril 2012

Obras Públicas y Servicios

Tema: Fitraciones en un garaje por obras de urbanización

Exp: 10/35/O

Obras Públicas

  1. Con fecha 19 de enero de 2010, don [?] presentó una queja en esta institución por las filtraciones de agua que se producen en el garaje de la calle Provincias, números 2-4, como consecuencia de las obras de reurbanización que se llevaron a cabo años atrás en la avenida Marcelo Celayeta, de Pamplona.

    Tras la presentación de la queja, por parte del Ayuntamiento se anunciaron y adoptaron diversas medidas tendentes a resolver el problema, motivo que llevó a esta institución a considerar que el mismo se encontraba en vías de solución.

  2. Con fecha 19 de enero de 2012, el autor de la queja ha solicitado la reapertura del expediente, mediante un escrito en el que señala que, aunque el Ayuntamiento ha procedido en el sentido previamente indicado, los problemas de humedades persisten.
  3. A la vista de este último escrito, de conformidad con lo establecido en la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, se solicitó al Ayuntamiento de Pamplona que informara sobre el estado de la cuestión objeto de queja, así como acerca de las medidas, en su caso, a adoptar.

    En respuesta a esta solicitud, se ha recibido en esta institución un informe del Ayuntamiento de Pamplona, en el que se expone:

    “Mediante escrito de 19 de enero de 2012, el Defensor del Pueblo de Navarra manifiesta a este Ayuntamiento que D. [?] le reitera su queja relativa a la existencia de filtraciones de agua en los garajes de la calle Provincias, 2-4, a raíz de las obras de reurbanización realizadas por el Ayuntamiento de Pamplona en la Avda. Marcelo Celayeta y que el reclamante atribuye a la ejecución de las mismas. Al respecto debo manifestar:

    1. Desde el inicio del expediente o queja vecinal este Ayuntamiento encomendó a la empresa adjudicataria de las obras de urbanización de la Avda. Marcelo Celayeta, [?], la realización de un serie de pruebas para identificar el origen de las filtraciones y la corrección de las deficiencias que pudieran observarse.

      De resultas de tales pruebas y correcciones, el informe suscrito el 17 de marzo de 2010 por el Ingeniero Municipal (obrante en el expediente) concluía que el problema se generaba en una arqueta del alumbrado público. Dicho informe refería que, con esa premisa, se procedió a su impermeabilización, estimando que ello podría solucionar el problema. Si, a pesar de esta actuación, siguiese persistiendo el problema, habría que acometer la revisión de la impermeabilización propia del garaje.

    2. Persistiendo las humedades en el estacionamiento que nos ocupa y la queja vecinal ante el Defensor del Pueblo (escrito de D. [?] de 4 de octubre de 2011), este Ayuntamiento encomendó nuevamente a la empresa adjudicataria de las obras de urbanización la realización de pruebas identificativas y de medidas correctoras.

      De resultas de tales pruebas, el informe suscrito el 19 de diciembre de 2011 por el Ingeniero Municipal (obrante en el expediente) concluía que quizás el problema se generaba cuando el agua penetra por una arqueta de IBERDROLA, pudiendo verse retenida por la propia cimentación de la farola… y refería y documentaba gráficamente la solución adoptada:

      Regularización de la pared de forjado y muro de estacionamiento con un nuevo muro de hormigón sobre el que se ha aplicado resina impermeabilizante que solapa la tela asfáltica existente en el forjado del estacionamiento.
      Construcción de una nueva arqueta de recogida con dos salidas de desagüe para las posibles aguas que pudieran estancarse.

      Asimismo, con fecha 13 de enero de 2012, la institución a la que me dirijo comunicaba la finalización de sus actuaciones, estimando que el problema denunciado podía considerarse solucionado.

    3. Mediante escrito de 19 de enero de 2012, el Defensor del Pueblo de Navarra manifiesta a este Ayuntamiento que, trasladadas a D. [?] las anteriores medidas municipales correctoras, le reitera este la persistencia de filtraciones y humedades y, por ello, en su opinión, la insuficiencia de las medidas adoptadas.

      Al respecto, el Ingeniero Municipal que ha elaborado y suscrito el informe de 21 de febrero de 2012 que se anexa al presente escrito, en síntesis, refiere:

      • Que en las labores de aperturas de catas y zanjas en la zona limítrofe aparcamiento-espacio público se ha podido comprobar con total certeza dos aspectos relevantes para entender el origen de los problemas: la deficiente colocación de la tela asfáltica impermeabilizante del contorno exterior del aparcamiento, y la degradación de la referida tela asfáltica.
      • Duda, que actuando desde la zona de dominio público, se puedan acometer otra tipo de labores diferentes a las ya llevadas a cabo, que zanjen definitivamente el inconveniente.
      • La total disposición de los Servicios Técnicos Municipales a analizar cualquier solución viable y coherente que pudiera aportar un técnico competente de la comunidad de propietarios afectados por el problema.
    4. Por lo expuesto, debo informarle que este Ayuntamiento da por concluidas sus actuaciones correctoras en la zona; pudiendo proseguir el antedicho análisis conjunto con el técnico competente de la confianza de la comunidad de propietarios afectados por el problema, si así lo estima conveniente dicha comunidad de propietarios”.
  4. A la vista de lo actuado en el expediente y de lo reseñado en el último informe municipal, esta institución aprecia la disposición favorable del Ayuntamiento a procurar la resolución del problema de filtraciones denunciado, cuya existencia no ofrece dudas. En este sentido, no nos corresponde controvertir la adecuación de las medidas ya adoptadas por el Ayuntamiento en este asunto y las conclusiones alcanzadas por los técnicos municipales, en las que se viene a expresar que el problema podría originarse en la tela asfáltica impermeabilizante del contorno exterior del garaje, por su colocación y estado de degradación.

No obstante, subsistiendo las filtraciones, y pareciendo indudable que, en el origen de las mismas, al margen de la colocación y estado actual de la referida tela asfáltica, incidieron también las obras de urbanización de la vía pública (es significativo, a este respecto, que las reclamaciones en vía administrativa sobre el asunto comenzaron a producirse al poco tiempo de realizarse dichas obras y que los requerimientos de adopción de medidas correctoras se cursaran a la empresa adjudicataria de las mismas), esta institución estima que el Ayuntamiento de Pamplona debería continuar estudiando la posible solución del problema, siendo correcta la colaboración técnica que se ofrece a los propietarios, sin perjuicio incluso de participar en la financiación de la medida o medidas que hayan de adoptarse.

Por ello, le traslado, para su consideración, la siguiente sugerencia:

Que el Ayuntamiento de Pamplona, en colaboración con los propietarios, continúe estudiando la posible solución al problema de filtraciones denunciado en la queja, apreciado a raíz de las obras de reurbanización de la Avda. Marcelo Celayeta.

Le quedaría muy agradecido si, de conformidad con lo dispuesto en el art. 34.2 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, me comunicara, en el plazo máximo de dos meses, la aceptación o no de esta sugerencia y, en caso de aceptarla, las medidas a adoptar para su materialización.

Aprovecho la ocasión para agradecerle la colaboración que viene prestando a esta institución.

Atentamente,

El Defensor del Pueblo de Navarra

Francisco Javier Enériz Olaechea

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