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Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q21/141) por la que se recomienda al Departamento de Educación y al Departamento de Derechos Sociales que adopten medidas para avanzar hacia la gratuidad de las escuelas infantiles de cero a tres años.

07 abril 2021

Educación y Enseñanza

Tema: El diferente régimen de pago que, en el curso 2021/2022, va a tener el servicio prestado en las escuelas infantiles de cero a tres años ubicadas en Pamplona/Iruña, en función de que la titularidad sea municipal o foral.

Educación

Consejero de Educación

Señor Consejero:

___________________

Consejera de Derechos Sociales

Señora Consejera:

1. El 10 de febrero de 2021 esta institución recibió un escrito presentado por la señora [...], mediante el que formulaba una queja por la falta de gratuidad de las escuelas infantiles de dependientes del Gobierno de Navarra.

2. Seguidamente, esta institución se dirigió al Departamento de Educación y al Departamento de Derechos Sociales, solicitando que informaran sobre la cuestión suscitada.

En el informe del Departamento de Educación, se señala lo siguiente:

El Departamento de Educación participa en la gestión de las Escuelas Infantiles a través de:

- Convenios de financiación

El Departamento de Educación y el Ayuntamiento titular de la Escuela Infantil firman un convenio de creación de dicha escuela. Esta Escuela Infantil tiene que cumplir los requisitos establecidos en el Decreto Foral 28/2007, de 26 de marzo.

Los convenios de financiación se establecen entre el Departamento de Educación y la entidad local titular de la Escuela Infantil.

Las bases para la suscripción de convenios de colaboración entre el Departamento de Educación y las entidades locales para la financiación de la gestión de los centros de primer ciclo de Educación Infantil de titularidad municipal vienen establecidas por la Orden Foral 79/2012, de 27 de agosto.

Los convenios de financiación se realizan anualmente con cada ayuntamiento y se establecen en base a los módulos recogidos en el Anexo I de la Resolución 438/2020, de 19 de octubre, del Director General de Educación, por la que se actualizan, para el curso 2020-2021 las cuantías económicas de los módulos de financiación que regulaba la Orden Foral 79/2012 de 27 de agosto.

A través de estos convenios el Departamento de Educación financia parte de los gastos de personal y parte de los gastos de funcionamiento de la Escuela Infantil. El Departamento de Educación no fija los salarios del personal que trabaja en las Escuelas Infantiles, sino que financia parte de los gastos de personal y de funcionamiento de dichas escuelas.

La cuantía del módulo correspondiente a cada escuela incluye los gastos de personal y los gastos de funcionamiento. Esta cuantía es asumida tanto por el Departamento de Educación como por las entidades locales y las familias usuarias del servicio según la fórmula que figura en el artículo 4.4 de la Orden Foral 79/2012, de 27 de agosto “Con carácter general el Departamento de Educación subvencionará la cantidad que resulte de aplicar la siguiente fórmula: Módulo anual aplicable menos la aportación a realizar por la entidad local menos la aportación por tarifas de escolaridad de las familias según lo establecido en la norma correspondiente reguladora de las tarifas de las familias.”

- Convocatoria de subvenciones

A estos efectos, el Departamento de Educación aprueba cada curso escolar la convocatoria de subvenciones a entidades locales para la financiación de la gestión de las Escuelas Infantiles. Actualmente se financian de este modo las escuelas infantiles de Donibane, Mendebaldea y Sesma.

- Transferencia:

Existen 4 Escuelas Infantiles que fueron transferidas mediante Decreto Foral desde el Departamento de Derechos Sociales a diferentes Ayuntamientos.

El Departamento de Educación financia estas Escuelas Infantiles según las condiciones establecidas en el correspondiente Decreto Foral de transferencia.

- Tarifas de escolarización:

Se ha publicado en el BON la O.F. 17/2021, de 15 de febrero, del Consejero de Educación, por la que se establecen, para el curso 2021-2022, las tarifas aplicables a las familias de los centros de primer ciclo de Educación Infantil de titularidad municipal financiados mediante convenios con el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra.

Los convenios de financiación firmados entre el Departamento de Educación y las entidades municipales recogen:

“El Ayuntamiento se compromete a:

2.1. Aportar el 24 % del módulo anual aplicable. Asimismo, con carácter general, el Ayuntamiento se hará cargo de todos los gastos no asumidos por el Departamento de Educación resultantes de: el incremento de los costes por encima del módulo anual.

Las reducciones de tarifas de escolaridad superiores a las establecidas con carácter general en la normativa correspondiente.

Los desajustes que se pudieran dar como resultado del proceso de regularización por desviaciones entre las estimaciones efectuadas en la planificación realizada a principio de curso, en base a los datos aportados por la entidad local, y lo justificado realmente.”

Los centros del Gobierno de Navarra que escolarizan alumnado de 0 a 3 años son competencia del Departamento de Derechos Sociales.

El Departamento de Derechos Sociales por medio de la Resolución 1537/2020, de 3 de marzo, de la Directora Gerente de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas estableció las tarifas de las Escuelas Infantiles dependientes de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas para el curso 2020-2021.

En consecuencia y por lo anteriormente expuesto, las reducciones de tarifas de escolaridad superiores a las establecidas con carácter general en la normativa correspondiente es competencia de los ayuntamientos como se recoge en los convenios de financiación entre el Departamento de Educación y entidades locales.

Asimismo el establecimiento de las tarifas de las Escuelas Infantiles dependientes de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas es competencia del Departamento de Derechos Sociales. En ningún caso el Departamento de Educación participa en la gestión de estos centros”.

En el informe del Departamento de Derechos Sociales, se expone:

El Departamento de Educación participa en la gestión de las Escuelas Infantiles a través de:

“1.- Convenios de Financiación con las entidades locales, convenios que tienen carácter anual, y en los que el Departamento de Educación financia parte de los gastos de personal y de funcionamiento. En el curso 2020/2021, el Departamento de Educación financia 89 Escuelas Infantiles y firma convenios con 75 Ayuntamientos.

2.- Mediante Convocatorias de Subvenciones. Para ello el Departamento de Educación convoca cada curso escolar una convocatoria para la financiación de la gestión de escuelas infantiles. Actualmente se financian de este modo tres Escuelas Infantiles: Donibane, Mendebaldea y Sesma.

3.- Mediante Transferencia. De las que se benefician 4 Escuelas Infantiles que fueron transferidas mediante DF desde el Departamento de Derechos Sociales a diferentes Ayuntamientos: San Adrian, Villava, Tudela y Barañain. El Departamento de Educación financia estas Escuelas Infantiles según las condiciones establecidas en el correspondiente D.F. de trasferencia.

Por otro lado, el Departamento de Derechos Sociales, a través de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas, gestiona varias escuelas infantiles, que fueron creadas para posibilitar la conciliación familiar y facilitar el acceso de la mujer al mundo laboral. En la actualidad son centros en los que se imparte el primer ciclo de Educación Infantil.

Son un total de 7 las escuelas dependientes del Departamento de Derechos Sociales: Cinco de ellas ubicadas en Pamplona, una en Burlada y la séptima en Corella. Cuentan con una capacidad para albergar hasta 48 unidades y actualmente tienen una matrícula de 447 alumnos y alumnas.

La O.F. 17/2021, de 15 de febrero, del Consejero de Educación, establece, para el curso 2021-2022, las tarifas aplicables a las familias de los centros de primer ciclo de Educación Infantil de titularidad municipal financiados mediante convenios con el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra.

El Departamento de Derechos Sociales por medio de la Resolución 1537/2020, de 3 de marzo, de la Directora Gerente de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas establece las tarifas de las Escuelas Infantiles dependientes de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas para el curso 2020-2021, que son las mismas que las establecidas en la O.F. 17/2021, de 15 de febrero.

La reducción de tarifas de escolaridad superiores a las establecidas con carácter general en la normativa correspondiente es competencia de los ayuntamientos, tal y como se recoge en los convenios de financiación entre el Departamento de Educación y las entidades locales.

Así mismo, el establecimiento de las tarifas de las Escuelas Infantiles dependientes de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas es competencia del Departamento de Derechos Sociales.

En este sentido, si desde el departamento de Derechos Sociales se estableciera la gratuidad en las tarifas de las escuelas infantiles de Pamplona, sería discriminatorio para las familias de las escuelas infantiles públicas del resto de municipios de Navarra. Por ello, el objetivo del Gobierno de Navarra es avanzar hacia la gratuidad en el conjunto de las escuelas infantiles de Navarra, en cumplimiento de su acuerdo de gobierno para la presente legislatura.

Dentro del “Acuerdo de programa para una legislatura de Convivencia, Igualitaria, Innovadora y progresista 2019-2023”, se recoge en el apartado 3.1 punto 25 el objetivo de “aumentar la escolarización en las escuelas infantiles para niños y niñas de cero a tres años, avanzando hacia la gratuidad y universalidad y comenzando por las familias más vulnerables, como viene haciéndose ahora. Financiar el ciclo 0-3 años con estándares de calidad y regulación legal, así como adecuar la legislación para garantizar las condiciones laborales de las personas que se dedican a esta etapa educativa”.

Este y otros acuerdos están previsto que se vayan poniendo en marcha a lo largo de la legislatura, y para ello habrá que contar con los necesarios acuerdos presupuestarios, así como con la FNMC y las entidades locales, titulares de la mayoría de centros públicos en Navarra”.

3. Como ha quedado reflejado, la queja se presenta por el diferente régimen de pago que, en el curso 2021/2022, va a tener el servicio prestado en las escuelas infantiles de cero a tres años ubicadas en Pamplona/Iruña, en función de que la titularidad sea municipal o foral. En tal sentido, se señala que, mientras las escuelas infantiles del Ayuntamiento de Pamplona/Iruña, según se ha anunciado, serán gratuitas para los usurios, no sucederá lo propio en el caso de las escuelas de titularidad de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra (Departamento de Derechos Sociales), circunstancia que la autora de la queja considera contraria al principio de igualdad.

Por parte del Departamento de Educación y del Departamento de Derechos Sociales, se han emitido los informes que se han transcrito, de los que se deduce que la medida de gratuidad o de reducción de tarifas depende de la decisión de la entidad titular del servicio.

4. La etapa educativa a la que se refiere la queja está contemplada en los artículos 12 y siguientes de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

El artículo 12.1 establece que “la educación infantil constituye la etapa educativa con identidad propia que atiende a niñas y niños desde el nacimiento hasta los seis años de edad”.

El precepto recoge el carácter voluntario de la educación infantil y dispone que su programación, gestión y desarrollo de la educación infantil atenderán, en todo caso, a la compensación de los efectos que las desigualdades de origen cultural, social y económico tienen en el aprendizaje y evolución infantil.

Esta última previsión enlaza con el principio general de equidad del sistema educativo [artículo 1, letra b), de la Ley Orgánica de Educación], establecido a fin de garantizar “la igualdad de oportunidades para el pleno desarrollo de la personalidad a través de la educación, la inclusión educativa, la igualdad de derechos y oportunidades, también entre mujeres y hombres, que ayuden a superar cualquier discriminación y la accesibilidad universal a la educación, y que actúe como elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales”.

El artículo 14 de la citada ley orgánica dispone que “la etapa de educación infantil se ordena en dos ciclos. El primero comprende hasta los tres años, y el segundo, desde los tres a los seis años de edad”.

Y el artículo 15 de la misma ley, referido a la oferta de plazas y a la gratuidad en la educación infantil, dispone:

“1. Las Administraciones públicas incrementarán progresivamente la oferta de plazas públicas en el primer ciclo con el fin de atender todas las solicitudes de escolarización de la población infantil de cero a tres años. Asimismo, coordinarán las políticas de cooperación entre ellas y con otras entidades para asegurar la oferta educativa en este ciclo. A tal fin, determinarán las condiciones en las que podrán establecerse convenios con las corporaciones locales, otras Administraciones y entidades privadas sin fines de lucro. Todos los centros habrán de estar autorizados por la Administración educativa correspondiente y supervisados por ella.

2. El segundo ciclo de la educación infantil será gratuito. A fin de atender las demandas de las familias, las Administraciones educativas garantizarán una oferta suficiente de plazas en los centros públicos y concertarán con centros privados, en el contexto de su programación educativa”.

5. Según se expone en el informe del Departamento de Derechos Sociales, el acuerdo relativo al programa de gobierno para la legislatura 2019/2023 recoge tanto el objetivo de aumentar la escolarización de niños y niñas de cero a tres años, como, en lo que específicamente conecta con la queja, avanzar hacia la gratuidad del servicio.

A la vista del citado compromiso político, y considerando que, desde la óptica del principio general de equidad que rige el sistema educativo (tendente, entre otros objetivos, a reducir las posibles desigualdades derivadas de factores económicos), es aconsejable que el régimen económico de acceso a un servicio de estas características sea similar en el ámbito territorial de la Comunidad Foral de Navarra, esta institución ve pertinente formular una recomendación.

6. En consecuencia, y en ejercicio de las facultades que le atribuye el artículo 34.1 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, la institución del Defensor del Pueblo de Navarra ha estimado necesario:

Recomendar al Departamento de Educación y al Departamento de Derechos Sociales que adopten medidas para avanzar hacia la gratuidad de las escuelas infantiles de cero a tres años.

De conformidad con el artículo 34.2 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, procede que el el Departamento de Educación y el Departamento de Derechos Sociales informen, como es preceptivo, en el plazo máximo de dos meses, si aceptan esta resolución, y, en su caso, las medidas adoptadas para su cumplimiento.

De acuerdo con lo establecido en dicho precepto legal, la no aceptación de la resolución podrá determinar la inclusión del caso en el Informe anual correspondiente al año 2021 que se exponga al Parlamento de Navarra con mención expresa de la Administración que no haya adoptado una actitud favorable cuando se considere que era posible.

A la espera de su respuesta, le saluda atentamente,

El Defensor del Pueblo de Navarra

Nafarroako Arartekoa

Francisco Javier Enériz Olaechea

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