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Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q20/681) por la que se sugiere al Departamento de Educación que se continúe prestando en el Instituto Amazabal, de Leitza, el servicio de comedor escolar subvencionado, como ha venido haciéndose años atrás, sin apreciarse razones suficientes que justifiquen su supresión; y, asimismo, que se deje sin efecto la modificación de horarios efecto la modificación de horarios proyectada para el alumnado de educación secundaria y bachiller, salvo que exista una iniciativa del centro en tal sentido basada fundamentalmente en razones pedagógicas.

22 octubre 2020

Educación y Enseñanza

Tema: La supresión del servicio de comedor subvencionado en el Instituto Amazabal, de Leitza, y la propuesta de unificación del horario del alumnado de bachiller y de educación secundaria obligatoria del mismo centro.

Educación

Consejero de Educación

Señor Consejero:

El 22 de junio de 2020 esta institución recibió un escrito presentado por la Apyma del Instituto Amazabal de Leitza, la Apyma de la escuela de Areso, la Apyma de la escuela de Lekunberri-Lezaun, la Apyma de la escuela de Goizueta-Arano, la Apyma de la escuela de Leitza y la Apyma de la escuela de Araitz-Betelu, mediante el que formulaban una queja frente al Departamento de Educación, por la supresión de la subvención para el comedor del alumnado transportado del Instituto Amazabal de Leitza.

En dicho escrito, exponían que, ante la decisión del Departamento de Educación de retirar la subvención para el comedor de los alumnos transportados al Instituto Amazabal de Leitza, siendo este el instituto de referencia de la comarca, se veían en la necesidad de solicitar la mediación de esta institución para conseguir dicha subvención o, en su defecto, la moratoria que habçia sido denegada.

Añadían que, teniendo en cuenta la orografía de la comarca, que abarca a Leitza, Goizueta-Arano, Ezkurra, Areso, Lekunberri-Larraun y Araitz-Betelu, consideraban de vital importancia el mantenimiento del servicio de comedor.

Con posterioridad a la presentación de esta queja, esta institución se pronunció sobre el asunto, a raíz de otra queja con similar objeto planteada por varios ayuntamientos de la comarca, sugiriendo lo siguiente:

“Sugerir al Departamento de Educación que se continúe prestando en el Instituto Amazabal, de Leitza, el servicio de comedor escolar subvencionado, como ha venido haciéndose años atrás, sin apreciarse razones suficientes que justifiquen su supresión; y, asimismo, que se deje sin efecto la modificación de horarios efecto la modificación de horarios proyectada para el alumnado de educación secundaria y bachiller, salvo que exista una iniciativa del centro en tal sentido basada fundamentalmente en razones pedagógicas”.

A la vista de la identidad sustancial de la cuestión suscitada en esta queja con la correspondiente al expediente Q20/518, dando traslado del informe del Departamento de Educación a los interesados y comunicándoles el resultado del expediente citado, la institución pone fin a su intervención.

Le agradezco la colaboración prestada.

Atentamente,

El Defensor del Pueblo de Navarra

Nafarroako Arartekoa

Francisco Javier Enériz Olaechea

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