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Hacienda
Tema: El desacuerdo del autor de la queja con las tasas de abastecimiento de agua que les gira el Ayuntamiento de Lekunberri.
Hacienda
Señor Alcalde:
El 4 de junio de 2019 esta institución recibió un escrito del señor don […], mediante el que formulaba una queja frente al Ayuntamiento de Lekunberri, por considerar abusivas las tasas de abastecimiento y saneamiento de agua, así como la contribución urbana.
En dicho escrito, exponía que:
Por otra parte, a finales del mes de mayo se le ha comunicado el recibo de la contribución urbana del primer semestre. El importe es de 280,16 euros por una vivienda de protección oficial de apenas 89 metros cuadrados útiles en Lekunberri. En el mismo aparece que la cuota de gravamen es de 0,4230. Consideran que dicha cuota y la cantidad resultante es excesiva. De hecho, ha podido conocer que viviendas de protección oficial de mayor superficie en Sarriguren tienen una cuota mucho menor, pagándose menos por este concepto. No alcanza a comprender los motivos por los que existen tantas diferencias entre viviendas protegidas.
Por todo ello, solicitaba conocer con antelación los momentos en que se realizan las lecturas de agua, constando dichas fechas en los recibos, que se modifiquen las tasas por el abastecimiento y saneamiento de agua, por considerarlas excesivas, así como quese explique el cálculo realizado por la contribución urbana.
Seguidamente, esta institución se dirigió al Ayuntamiento de Lekunberri, solicitando que informara sobre la cuestión suscitada.
El 2 de julio esta institución recibió el informe solicitado, del que se adjunta una copia al autor de la queja.
Como ha quedado reflejado, la queja se presenta por las tasas, a juicio del interesado, excesivas, por el abastecimiento y saneamiento del agua, así como por el excesivo importe del Impuesto sobre la Contribución Urbana del Ayuntamiento de Lekunberri.
El Ayuntamiento de Lekunberri informa que las tasas por abastecimiento y saneamiento de aguas fueron publicación en el Boletín Oficial de Navarra número 43, de 4 de marzo de 2019, y que las mismas tienen su ajuste anual por ejecución y cumplimiento de un plan de ajuste, aprobado el 2 de mayo de 2013, con Gobierno de Navarra en el que se fijaba un incremento anual de contribución urbana y las tasas de aguas y abastecimiento en un 2% hasta el año 2023, plan que debe cumplirse por este Ayuntamiento siendo, por ello imposible la modificación
.
De acuerdo con lo anterior, las tasas del Ayuntamiento de Lekunberri (0,679 €/m³) son las más elevadas, triplicando, incluso, a las de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona (0,2965€/m³).
Por ello, a la vista de dicha diferencia, dado que la ordenación de los tributos ha de basarse en la capacidad económica de las personas llamadas a satisfacerlos y en los principios de justicia, generalidad, igualdad, progresividad, equitativa distribución de la carga tributaria y no confiscatoriedad, esta institución estima necesario sugerir al Ayuntamiento de Lekunberri que analice las tasas correspondientes al servicio de abastecimiento de agua, y, en la medida de lo posible, las minore
En consecuencia, y en ejercicio de las facultades que le atribuye el artículo 34.1 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, la institución del Defensor del Pueblo de Navarra ha estimado necesario:
Sugerir al Ayuntamiento de Lekunberri que analice las tasas correspondientes al servicio de abastecimiento de agua, y, en la medida de lo posible, las minore.
De conformidad con el artículo 34.2 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, procede que el Ayuntamiento de Lekunberri informe, como es preceptivo, en el plazo máximo de dos meses, si acepta esta resolución, y, en su caso, las medidas adoptadas para su cumplimiento.
De acuerdo con lo establecido en dicho precepto legal, la no aceptación de la resolución podrá determinar la inclusión del caso en el Informe anual correspondiente al año 2019 que se exponga al Parlamento de Navarra con mención expresa de la Administración que no haya adoptado una actitud favorable cuando se considere que era posible.
A la espera de su respuesta, le saluda atentamente,
El Defensor del Pueblo de Navarra
Nafarroako Arartekoa
Francisco Javier Enériz Olaechea
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