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Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q18/938) por la que se sugiere a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona que adopte las medidas necesarias para minimizar, lo máximo posible, el problema de escasez de taxis durante las fechas u horarios en los que sea previsible una demanda elevada de dicho servicio o del transporte urbano comarcal.

22 enero 2019

Obras Públicas y Servicios

Tema: La falta de adopción de medidas por la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona ante el problema de escasez de taxis durante las fechas u horarios en los que sea previsible una elevada demanda del servicio.

Servicios públicos

Presidente de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona

Señor presidente:

  1. El 24 de diciembre de 2018 esta institución recibió un escrito del señor don […], mediante el que formulaba una queja frente a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, referente al servicio de taxi prestado en Pamplona-Iruña.

    En dicho escrito, exponía que la noche del viernes 21 de diciembre de 2018 el tiempo de espera de cada taxi que acudía a la parada situada donde el bar Niza, en Pamplona-Iruña, era de aproximadamente veinticinco minutos. Había en esos momentos unas doscientas personas guardando su turno para utilizar este servicio, a las 4:30 de la mañana, por lo que la espera se demoró en exceso. No fue un hecho puntual, sino que ocurre de forma recurrente.

  2. Seguidamente, esta institución se dirigió a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona-Iruña, solicitando que informara sobre la cuestión suscitada.

    A la contestación recibida se adjuntó un informe del Departamento de Transportes de la mancomunidad, en el que se señala lo siguiente:

    “Este informe se realiza a solicitud de la Asesoría Jurídica de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona en relación a la solicitud de información demandada por el Defensor del Pueblo de Navarra ante una reclamación relativa a la falta de taxis y al excesivo tiempo de demora la noche del pasado 21 de diciembre en la parada de la calle Duque de Ahumada de Pamplona.

    El servicio de taxi en las ciudades como Pamplona se caracteriza entre otras cuestiones por tener momentos de demanda punta muy elevados, así ocurre en la celebración de eventos multitudinarios, en la llegada de trenes de alta ocupación o en las noches de fines de semana coincidiendo con el cierre de locales de ocio. Sin embargo, la oferta del número de licencias en servicio no se realiza en base a la demanda de estas horas punta, dado que de hacerlo el servicio estaría muy sobredimensionado para el resto del tiempo.

    El día 21 de diciembre de 2018, viernes, fue un día muy especial en lo referente a la movilidad de la Comarca de Pamplona. Además de la demanda elevada de un viernes cualquiera, se sumaba la movilidad añadida por motivo de las fechas prenavideñas: traslados, compras, comidas, cenas,… Ante esta previsión el Departamento de Transporte previendo una elevada demanda de la movilidad reforzó el servicio de transporte público colectivo (Resolución 570/2018) y trasladó en distintas conversaciones a los representantes de los taxistas la necesidad de reforzar el servicio.

    Finalmente, la demanda de viajes del día fue extraordinariamente elevada, y en la red de transporte público colectivo se alcanzó una cifra superior a los 160.000 viajes, cifra que supone un récord histórico en viajes diarios de transporte público en la Comarca de Pamplona sin tener en cuenta el periodo de San Fermín. En lo relativo al taxi no se disponen de datos, si bien todo apunta a que también fueron muy altos. Como consecuencia de esto la red de transporte colectivo en determinados momentos y líneas sufrió saturaciones y problemas de tiempos por tráfico denso y alta demanda, de igual modo el servicio de taxi tuvo problemas similares, siendo uno de los momentos más delicados la demanda nocturna de taxi en la parada Duque de Ahumada.

    Por lo tanto, la reclamación hace referencia a una situación y momento especial, en la que pese a adoptarse medidas, éstas no fueron suficientes para evitar algunas incidencias negativas. Para próximas ocasiones se analizarán los datos para adoptar medidas y minimizar en lo posible estos efectos negativos”.

    Asimismo, en la contestación recibida se adjuntó un informe de la Asociación de Tele Taxi San Fermín, en el que se expone lo siguiente:

    “Los hechos que se relatan se producen excepcionalmente en determinados fines de semana del año y a unos horarios concretos, coincidentes con la hora de cierre de los bares de la zona centro.

    El día concreto de la queja es el popularmente conocido como viernes de las cenas de empresa donde la población sale masivamente a celebrar la Navidad con sus compañeros de trabajo. Es probablemente el fin de semana con una mayor demanda de servicios de taxi, acrecentado por el hecho de que normalmente no suele acompañar la meteorología y por la insuficiente oferta de Villavesas para satisfacer la demanda.

    En esos momentos de máxima demanda, muchos clientes de taxi en vez de esperar pacientemente en la parada de Niza se ponen a caminar por las calles del centro tratando de parar a los taxis en libre que se dirigen hacia el Niza. Esta praxis evidentemente acrecienta el problema de que no llegan coches al Niza.

    Esta problemática ha sido tratada con los técnicos de transporte de MCP y nos reconocieron la dificultad para abordarlo. Se da la circunstancia que a día de hoy aquel taxi que priorizase atender una parada determinada sobre recoger a una persona suficientemente alejada de dicha parada yendo en libre estaría incumpliendo la ordenanza de MCP y podría ser objeto de sanción.

    En cualquier caso, lamentamos que se produzcan las citadas esperas pero recalcamos que se tratan de días y momentos puntuales. Nos ponemos a su disposición para buscar las medidas necesarias para minimizar los perjuicios que ocasionan a los usuarios”.

  3. Como ha quedado reflejado, la queja se presenta por la escasez del servicio de taxi durante la noche del 21 de diciembre de 2018 (viernes), si bien dicho problema se daría puntualmente en otras fechas concretas del año.

    En los informes recibidos se reconoce el problema denunciado y se apuntan las posibles circunstancias que lo acentúan. Ello sin dejar de tener en cuenta que son momentos puntuales en los que la demanda del servicio de taxi está sobredimensionada en relación con los cálculos que se efectúan para determinar el número de efectivos necesarios para la prestación de dicho servicio.

  4. Esta institución aprecia que, en determinadas fechas concretas a lo largo del año, existe un problema en la prestación del servicio de taxi a los ciudadanos, sobre todo en horario nocturno. También en uno de los informes remitidos se apunta a la insuficiencia de la oferta de villavesas en el transporte urbano comarcal (TUC) durante dichas fechas concretas.

    En este sentido, según se informa, durante el mes de diciembre de 2018 se adoptaron medidas para reforzar el servicio nocturno de las líneas TUC. Así, mediante la Resolución 570/2018, de 27 de noviembre, se decidió lo siguiente:

    • Durante los viernes 14 y 21 de diciembre de 2018, se prestó el servicio nocturno del sábado para todas las líneas TUC.
    • Durante el jueves 20 de diciembre de 2018, se prestó el servicio nocturno del viernes para todas las líneas TUC.
  5. El artículo 16 b) de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, habilita a esta institución para dirigir sugerencias a los órganos competentes de las Administraciones públicas para lograr una mejora de los servicios de la Administración.

    Por ello, a la vista de la disposición favorable mostrada por la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona en su informe para atender los problemas denunciados, así como la previsibilidad de las fechas en las que se da el problema expuesto en el escrito de queja, esta institución considera oportuno sugerir a dicha mancomunidad que adopte las medidas necesarias para minimizar, lo máximo posible, el problema de escasez de taxis durante las fechas u horarios en los que sea previsible una demanda elevada de dicho servicio o del transporte urbano comarcal.

  6. En consecuencia, y en ejercicio de las facultades que le atribuye el artículo 34.1 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, la institución del Defensor del Pueblo de Navarra ha estimado oportuno:

    Sugerir a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona que adopte las medidas necesarias para minimizar, lo máximo posible, el problema de escasez de taxis durante las fechas u horarios en los que sea previsible una demanda elevada de dicho servicio o del transporte urbano comarcal.

De conformidad con el artículo 34.2 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, procede que la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona informe, como es preceptivo, en el plazo máximo de dos meses, si acepta esta resolución, y, en su caso, las medidas adoptadas para su cumplimiento.

De acuerdo con lo establecido en dicho precepto legal, la no aceptación de la resolución podrá determinar la inclusión del caso en el Informe anual correspondiente al año 2018 que se exponga al Parlamento de Navarra con mención expresa de la Administración que no haya adoptado una actitud favorable cuando se considere que era posible.

A la espera de su respuesta, le saluda atentamente,

El Defensor del Pueblo de Navarra

Nafarroako Arartekoa

Francisco Javier Enériz Olaechea

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