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Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q18/76) por la que se recomienda al Ayuntamiento de Zizur Mayor-Zizur Nagusia que el mes de inicio de las pruebas para el acceso a un empleo público se corresponda con el mes fijado en las bases de las convocatorias que apruebe.

08 marzo 2018

Acceso a empleo público

Tema: Descuerdo con la publicación en diferentes enlaces de la página web municipal de una convocatoria pública de empleo del Ayuntamiento de Zizur Mayor-Zizur Nagusia, así como con el retraso en la realización de las pruebas.

Acceso al empleo público

Alcalde de Zizur Mayor- Zizur Nagusia

Señor Alcalde:

  1. El 31 de enero de 2018 esta institución recibió un escrito del señor don […], mediante el que formulaba una queja frente al Ayuntamiento de Zizur Mayor-Zizur Nagusia, por considerar confuso el procedimiento de publicación en la web de los anuncios de las convocatorias públicas de empleo.
    1. En el Boletín Oficial de Navarra de 13 de octubre de 2017, se publicó laconvocatoria para la constitución de una relación de aspirantes al desempeño del puesto de trabajo de Oficial Administrativo, nivel C, para la contratación temporal, con objeto de cubrir las necesidades que se produzcan en el Ayuntamiento de Zizur Mayor-Zizur Nagusia, en cuya base 6.1 se señalaba que la oposición daría comienzo en el mes de noviembre de 2017, aproximadamente, y que en la misma resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos se determinarían el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.
    2. Diariamente, con el fin de conocer la fecha de la prueba, accedía a la web municipal, al apartado de la convocatoria donde, en teoría, debía figurar todo lo concerniente a las pruebas. Sin embargo, para su sorpresa, el 31 de enero de 2018 tuvo conocimiento de que las mismas ya se habían celebrado.
    3. La entidad local ha ido publicando sucesivos anuncios relativos a la convocatoria en enlaces distintos al que incluye las bases, generando una gran confusión a los aspirantes. Como consecuencia de ello, no ha realizado la prueba.

      Por todo ello, solicitaba que el Ayuntamiento de Zizur Mayor-Zizur Nagusia cumpla con los plazos establecidos en las bases de las convocatorias de empleo público, por cuanto, pese a señalar que la oposición daría comienzo en noviembre, esta se ha iniciado dos meses después. Asimismo, solicitaba que en futuras convocatorias publique en un mismo enlace todos los anuncios referentes a las mismas.

  2. Seguidamente, esta institución se dirigió al Ayuntamiento de Zizur Mayor-Zizur Nagusia, solicitando que informara sobre la cuestión suscitada.

    En el informe recibido, se señala lo siguiente:

    “Apartados de la Bases de la convocatoria donde se señalan los sitios o lugares, dos, en donde se van a colgar los anuncios de los trámites del proceso:

    4.1. Listas provisionales.

    Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde del Ayuntamiento de Zizur Mayor dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el Tablón de Anuncios y en la página Web municipales.

    4.2 Listas definitivas.

    4.2.1 Transcurrido el plazo de reclamaciones o subsanaciones y una vez resultas las mismas, el Alcalde de Zizur Mayor dictará Resolución aprobando la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas y ordenará su publicación en el Tablón de Anuncios y en la página Web municipales.

    La base 6.1 de la convocatoria establecía: La oposición dará comienzo en el mes de noviembre de 2017, aproximadamente. En la misma resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos se determinarán el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.

    Publicaciones en el Tablón de anuncios y en la Web:

    Listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos: 23 de noviembre de 2017.

    Listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos, y lugar (aula 09/09bis de la UPNA) fecha del examen (20 de enero de 2018) y hora (09:00) de la prueba: 20 de diciembre de 2017.

    A este respecto, debe admitirse que la prueba se realizó casi con tres meses de retraso a la fecha prevista, pero tampoco puede admitirse que ello fuera determinante, porque, como ya se ha dicho, la fecha de la prueba se anunció el 20 de diciembre de 2017, es decir, con un mes de antelación a su realización.

    Página web municipal:

    En la misma han figurado todos los anuncios recogidos en las bases: dos anteriores a la fecha de realización de la oposición; en consecuencia, el aspirante sí pudo conocer la fecha con la antelación suficiente para hacer la prueba.

    La citada página tiene sus limitaciones, y contiene muchos anuncios, pero no se comparte que generase tanta confusión como para ser la causa única de que el aspirante no pudiera realizar la prueba.
    Posibilidades concretas de actuación:

    Finalmente informar que la página, y con la finalidad de mejorar la comunicación, se va sustituir por otra, y para lo cual ya se han iniciado los trabajos con ANIMSA para cumplir el objetivo, siendo previsible que la nueva página Web esté operativa en el mes de mayo.

    Entre las mejoras, se encuentra homogeneizar títulos, imágenes, etc, de los anuncios, para facilitar el acceso a los datos a la ciudadanía”

  3. Como ha quedado reflejado, la queja se presenta en relación con una convocatoria para la constitución de una relación de aspirantes al desempeño del puesto de trabajo de Oficial Administrativo, nivel C, para la contratación temporal, con objeto de cubrir las necesidades que se produzcan en el Ayuntamiento de Zizur Mayor-Zizur Nagusia.

    El autor de la queja manifiesta que, a pesar de que en dicha convocatoria se informaba que las pruebas se iban a realizar en el mes de noviembre de 2017, finalmente no tuvieron lugar hasta el mes de enero de 2018. Asimismo, el interesado denuncia que se han ido publicando sucesivos anuncios relativos a la convocatoria en enlaces distintos de la página web municipal a la que se alude en las bases, generando una gran confusión a los aspirantes y que, como consecuencia de ello, no pudo realizar la prueba. Por todo ello, el autor de la queja solicita que el Ayuntamiento de Zizur Mayor-Zizur Nagusia cumpla con los plazos establecidos en las bases de las convocatorias de empleo público, y que en futuras convocatorias publique en un mismo enlace todos los anuncios referentes a las mismas.

    El Ayuntamiento de Zizur Mayor-Zizur Nagusia, por su parte, expone en su informe las razones que justifican su actuación, y señala que para el mes de mayo de este año va a tener disponible una nueva página web más accesible para la ciudadanía.

  4. El artículo 89 del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, establece que: La selección del personal contratado en régimen administrativo se efectuará mediante convocatoria pública y a través de pruebas basadas en los principios de mérito y capacidad.
    El contenido mínimo que deben tener las convocatorias de empleo público, viene recogido en el artículo 16 del Decreto Foral 113/1985, de 5 de junio, por el que se aprueba el reglamento de ingreso en las Administraciones públicas de Navarra:

    “La convocatoria deberá contener, al menos, las determinaciones siguientes:

    j) Calendario preciso de realización de las pruebas, con concreción, al menos, del mes y año en que han de comenzar los ejercicios. Entre la publicación de la convocatoria y la fecha de comienzo de los ejercicios deberán mediar, al menos, dos meses”.

    La exigencia de que en la convocatoria se publique el calendario preciso de realización de las pruebas, con concreción, al menos, del mes y año en que han de comenzar los ejercicios, supone una garantía para los aspirantes, los cuales se planifican y ajustan su actuación al calendario que se publica.

    En el presente caso, las pruebas se iniciaron dos meses después del mes previsto en la convocatoria publicada. Por ello, esta institución estima conveniente recomendar al Ayuntamiento de Zizur Mayor-Zizur Nagusia que el mes de inicio de las pruebas para el acceso a un empleo público se corresponda con el mes fijado en las bases de las convocatorias que apruebe.

  5. En consecuencia, y de conformidad con las facultades que le atribuye el artículo 34.1 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, la institución del Defensor del Pueblo de Navarra ha estimado necesario:

    Recomendar al Ayuntamiento de Zizur Mayor-Zizur Nagusia que el mes de inicio de las pruebas para el acceso a un empleo público se corresponda con el mes fijado en las bases de las convocatorias que apruebe.

De conformidad con el artículo 34.2 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, procede que el Ayuntamiento de Zizur Mayor-Zizur Nagusia informe, como es preceptivo, en el plazo máximo de dos meses, si acepta esta resolución, y, en su caso, las medidas adoptadas para su cumplimiento.

De acuerdo con lo establecido en dicho precepto legal, la no aceptación de la resolución podrá determinar la inclusión del caso en el Informe anual correspondiente al año 2018 que se exponga al Parlamento de Navarra con mención expresa de la Administración que no haya adoptado una actitud favorable cuando se considere que era posible.

A la espera de su respuesta, le saluda atentamente,

El Defensor del Pueblo de Navarra

Nafarroako Arartekoa

Francisco Javier Enériz Olaechea

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