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Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q18/355) por la que se recomienda al Departamento de Derechos Sociales que le expida la certificación que pide, relativa a la dinámica de las prestaciones sucesivamente reconocidas, modificadas y abonadas por el citado departamento a lo largo de estos últimos años, y que, según expone, pretende hacer valer en una reclamación frente a su exmarido.

22 junio 2018

Bienestar social

Tema: La progresiva disminución de las cantidades que percibe la autora de la queja en concepto de pensión no contributiva de invalidez y de renta garantizada.

Bienestar social

Vicepresidente Segundo y Consejero de Derechos Sociales

Señor Consejero:

  1. El 3 de mayo de 2018 esta institución recibió un escrito presentado por la señora doña […], mediante el que formulaba una queja frente al Departamento de Derechos Sociales, por la progresiva disminución de las cantidades que percibe en concepto de pensión no contributiva de invalidez y de renta garantizada.

    En dicho escrito, exponía que:

    1. Es perceptora de una pensión no contributiva de invalidez por importe de 368,90 euros mensuales. A su vez, percibe un complemento de renta garantizada de 179,25 euros mensuales.

      Dichos importes se han visto progresivamente disminuidos, hasta alcanzar en abril de 2018 la cuantía total de 480 euros. Por ello, atraviesa grandes dificultades económicas.

    2. Desconoce los motivos de la minoración. Cree que puede deberse a una deuda que contrajo su exmarido, en cuyo caso no debiera ser asumida por ella, al haberse producido el divorcio en julio de 2017.
    3. Ve preciso disponer de un certificado en que se haga constar las cantidades que tiene reconocidas, aquellas que le son retiradas de su pensión y en qué concepto, así como las mensualidades a que corresponden. Dicho documento lo utilizará para reclamar a su exmarido dichos importes.

      Por todo lo expuesto solicitaba que el Departamento de Derechos Sociales le expidiera el mencionado certificado y no le practique más embargos sobre las prestaciones percibidas.

  2. Seguidamente, la institución se dirigió al Departamento de Derechos Sociales, dándole cuenta de la queja y solicitando información al respecto.

    El 15 de junio de 2018 se recibió el informe del Departamento de Derechos Sociales. En dicho informe, se expone la evolución de la cuantía de la pensión no contributiva y, en función ella, de la renta garantizada, como prestación complementaria de ingresos mínimos. Asimismo, de dicho informe se concluye que, por causa de las modificaciones en el importe de la pensión no contributiva, se han practicado determinadas compensaciones en el pago de la prestación.

  3. A la vista de dicho informe, que trasladamos a la interesada, la institución pone fin a su intervención, sin formular una recomendación o recordatorio referente al importe de las prestaciones a que se refiere la queja.

    No obstante lo anterior, y atendiendo a la solicitud de la interesada, vemos pertinente recomendar al Departamento de Derechos Sociales que le expida la certificación que pide, relativa a la dinámica de las prestaciones sucesivamente reconocidas, modificadas y abonadas por el citado departamento a lo largo de estos últimos años, y que, según expone, pretende hacer valer en una reclamación frente a su exmarido.

La interesada tiene derecho a la citada certificación y, además, la misma puede ser oportuna para clarificar las cantidades correspondiente a la pensión no contributiva y a la renta de inclusión social o garantizada que ha tenido reconocidas en cada momento, así como los pagos y compensaciones practicadas.

Por la naturaleza de esta recomendación, la consideramos aceptada, sin necesidad de remisión a esta institución de una respuesta expresa, salvo que el Departamento de Derechos nos manifieste lo contrario, en cuyo caso procederíamos a la inclusión del caso en el informe anual al Parlamento de Navarra en los términos previstos por el artículo 34.2 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio.

A fin de facilitar a la interesada directamente el certificado, podría ser conveniente que los servicios del departamento se pusieran en contacto con la autora de la queja.

Le agradezco la colaboración prestada a esta institución.

Atentamente,

El Defensor del Pueblo de Navarra

Nafarroako Arartekoa

Francisco Javier Enériz Olaechea

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