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Acceso a empleo público
Tema: Dificultad de acceso a certificado medico oficial exigido en convocatorias.
Acceso a un empleo público
Presidente del Colegio Oficial de Médicos de Navarra
Ilmo. Señor Presidente:
El 8 de agosto de 2017 esta institución recibió un escrito presentado por la señora doña […], mediante el que formulaba una queja frente al Colegio Oficial de Médicos de Navarra, por la dificultad para acceder al certificado médico oficial exigido en la convocatoria de contratación temporal para puesto de trabajo de Auxiliar de Policía Local.
En dicho escrito, exponía que:
certificado médico oficial acreditativo de que el aspirante está capacitado para la realización de las pruebas físicas que figuran en el Anexo II de la Convocatoria.
Dicho certificado, que debe ser cumplimentado y firmado por el médico de cabecera, únicamente puede adquirirse en el Colegio de Médicos de Navarra, por lo que los interesados se ven obligados a trasladarse a Pamplona con ese solo fin, con el coste económico y temporal que conlleva. En anteriores ocasiones, los certificados también se encontraban disponibles en los estancos, resultando más accesibles para todos los interesados.
Por todo ello, solicitaba que Colegio Oficial de Médicos de Navarra facilite el acceso al certificado médico oficial a los interesados en las convocatorias en las que es exigido el mismo, posibilitando su adquisición de manera telemática o en otros puntos de Navarra.
Seguidamente, esta institución se dirigió al Colegio Oficial de Médicos de Navarra, solicitando que informara sobre la cuestión suscitada.
En el informe recibido del Colegio, se señala lo siguiente:
“El artículo 58 del Real Decreto 1018/1980, de 19 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos Generales de la Organización Médica Colegial, establece que El Consejo General de la Organización Médica Colegial es el único organismo autorizado para editar y distribuir los impresos de los certificados médicos oficiales, cualquiera que sea la finalidad de los mismos, correspondiéndole la organización y dirección de este servicio y a los Colegios la distribución de aquellos dentro de su territorio
. Y el artículo 59 atribuye al Consejo General de Colegios la competencia para fijar las clases de certificados, el importe de los mismos y su actualización.
Por su parte, los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Médicos de Navarra, publicados en el BON de 23 de noviembre de 2007 establecen en su artículo 62 que Los médicos colegiados deberán utilizar para certificar los impresos oficiales editados distribuidos para tal fin
.
Partiendo de todo ello y a raíz de la comunicación que el Defensor del Pueblo de Navarra hizo de la queja de la Sra. (…) el pasado 8 de septiembre de 2017, ponemos en su conocimiento de que el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos nos informó de que no hay formato digital de certificado médico oficial, sino que necesariamente se edita en formato de papel, y que es el propio Consejo General quien emite el certificado.
Desde el Colegio se está estudiando la posibilidad de implantar en la Web colegial la venta online de certificados médicos oficiales mediante pago por el sistema PayPal (pago seguro) de forma que, una vez solicitado, se remita al interesado por correo certificado, repercutiéndose en el precio todos los gastos que se ocasionen con cada envío (impreso del certificado, sobre, gastos de PayPal, envío por correo certificado).
En cuanto esté definitivamente instalado este nuevo sistema de distribución del certificado médico oficial, lo pondremos en su conocimiento.
Por otra parte le informamos seguidamente de las dependencias de este Colegio Oficial de Médicos de Navarra en que pueden adquirirse los certificados médicos oficiales, y de los horarios en que en tales dependencias están abiertas al público:
Pamplona. Avda. Baja Navarra, 47
Lunes a Jueves de 8,00 a 20,00h
Viernes de 8,00 a 15,00h
Pamplona. Vuelta del Castillo 11 bajo
Lunes a Jueves de 8,30 a 14,00h y de 16,30 a 18,30
Viernes de 8,30 a 14,00h
Tudela. Avda. de Zaragoza, 46. 31500 Tudela,
Navarra Lunes a viernes de 18,00 a 20,00h
Elizondo. Fco. Joaquin de Iriarte, 3
Miércoles de 8,00 a 14,00h
Leitza. C/ San Miguel, 8
Viernes de 9,00 a 13,00h”.
Como ha quedado reflejado, la queja se presenta ante las dificultades que encuentran las personas interesadas para obtener el certificado médico oficial para poder inscribirse en la convocatoria, mediante contratación temporal, para el puesto de trabajo de Auxiliar de Policía Local.
Según la queja, dicho certificado, que debe ser cumplimentado y firmado por el médico de cabecera, únicamente puede adquirirse en el Colegio de Médicos de Navarra, por lo que la persona interesada se ve obligada a trasladarse a Pamplona con ese solo fin, con el coste económico y temporal que conlleva. En anteriores ocasiones, los certificados también se encontraban disponibles es los estancos, resultando más accesibles para todos los interesados.
El Colegio Oficial de Médicos de Navarra expone en su informe los distintos puntos distribuidos por toda la geografía foral en los que se puede obtener el certificado al que se alude en la queja, y los diferentes horarios de apertura. Asimismo, indica que está analizando la posibilidad de implantar en su página web la venta online de certificados médicos oficiales mediante pago por el sistema PayPal (pago seguro) de forma que, una vez solicitado, se remita al interesado por correo certificado, repercutiéndose en el precio todos los gastos que se ocasionen con cada envío (impreso del certificado, sobre, gastos de PayPal, envío por correo certificado).
Esta institución valora positivamente y agradece la información remitida por el Colegio Oficial de Médicos de Navarra, así como la disposición que en dicho informe se muestra en relación con la posibilidad de solicitar el certificado médico oficial a través de una plataforma en internet.
A la vista de lo acertado de dicha medida, esta institución considera oportuno sugerir que se agilice la implantación de la misma, por cuanto que se trata de una solución que facilita el ejercicio de derechos por parte de los ciudadanos y da respuesta al problema expuesto en la queja.
En consecuencia, y de conformidad con las facultades que le atribuye el artículo 34.1 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, la institución del Defensor del Pueblo de Navarra ha estimado oportuno:
Sugerir al Colegio de Médicos de Navarra que agilice la implantación de la venta de los certificados médicos a través de internet, por ser esta una medida que facilita el ejercicio de derechos por parte de los ciudadanos.
De conformidad con el artículo 34.2 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, procede que el Colegio de Médicos de Navarra informe, como es preceptivo, en el plazo máximo de dos meses, si acepta esta resolución, y, en su caso, las medidas adoptadas para su cumplimiento.
De acuerdo con lo establecido en dicho precepto legal, la no aceptación de la resolución podrá determinar la inclusión del caso en el Informe anual correspondiente al año 2017 que se exponga al Parlamento de Navarra con mención expresa de la Administración que no haya adoptado una actitud favorable cuando se considere que era posible.
A la espera de su respuesta, le saluda atentamente,
El Defensor del Pueblo de Navarra
Nafarroako Arartekoa
Francisco Javier Enériz Olaechea
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