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Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q16/342) por la que se sugiere al Ayuntamiento de Tudela que valore restaurar la intensidad (días, horario de cobertura, frecuencia, etcétera) del servicio de transporte que conecta el núcleo de la localidad con el Hospital Reina Sofía, en los términos en que tal servicio podía ser utilizado por trabajadores y restantes ciudadanos hasta 31 de diciembre de 2013.

18 octubre 2016

Obras Públicas y Servicios

Tema: Restablecimiento de transporte de la línea roja al hospital.

Servicios públicos

Alcalde de Tudela

Señor Alcalde:

  1. El 6 de junio de 2016 esta institución recibió un escrito del señor don […], mediante el que formulaba una queja frente al Ayuntamiento de Tudela y al Departamento de Salud, por las restricciones acordadas en las frecuencias del servicio público de transporte de la línea roja al Hospital Reina Sofía.

    En dicho escrito, exponía que:

    1. El pasado mes de mayo se han cumplido dos años desde que representantes de usuarios del transporte urbano de Tudela y la Plataforma Ribera en Defensa de la Sanidad Pública entregaron más de cinco mil firmas, exigiendo el restablecimiento del servicio público de transporte de la línea roja al Hospital. A causa de los múltiples recortes efectuados por la anterior Alcaldía y el anterior Gobierno de Navarra, el servicio público de transporte urbano redujo sus horarios y frecuencias.
    2. En el año 2014, la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Tudela, tras anular el Gobierno de Navarra la subvención de 70.000 euros, decidió disminuir la conexión de transporte entre el Hospital de Tudela y el centro asistencial La Atalaya, lo cual supuso una pérdida de atención horaria en sábados, domingos y festivos.
    3. Esta rebaja en el servicio público de transporte ha supuesto un deterioro en la atención al conjunto de la ciudadanía ya que estos autobuses conectan el núcleo urbano con lugares donde se prestan servicios esenciales como los sanitarios del Hospital Reina Sofía de Tudela. Dicha utilización del transporte puede ser obligatoria para quienes no disponen de transporte alternativo.
    4. La Plataforma Ribera en Defensa de la Sanidad Pública sigue trabajando por la restitución y mejora de este servicio público de transporte, por su rentabilidad social y por su sostenibilidad medioambiental.

      Por todo ello, solicitaba que, tanto el Ayuntamiento de Tudela, como el Gobierno de Navarra, recapaciten sobre la reducción de horarios y frecuencias de los autobuses y que restituyan los servicios de autobús suprimidos.

  2. Seguidamente, esta institución se dirigió al Ayuntamiento de Tudela y al Departamento de Salud, solicitando que informaran sobre la cuestión suscitada.
  3. El 16 de agosto de 2016 esta institución recibió el informe del Departamento de Salud, donde se señala lo siguiente:

    “El Departamento de Salud debe de prestar aquellos servicios sanitarios que estén recogidos en la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y aquellos que como complementarios se incorporen en nuestra cartera.

    El trasporte regular de ciudadanos no es un servicio sanitario ni el Departamento de Salud tiene competencia para su establecimiento y modificación.

    En consecuencia, entendemos que no podemos ni ampliar los horarios ni las frecuencias del transporte de la línea roja de Tudela”.

  4. El 4 de octubre de 2016 esta institución recibió el informe del Ayuntamiento de Tudela, donde se señala lo siguiente:

    “Gobierno de Navarra y el Ayuntamiento de Tudela, con fecha 30-06-1989, suscribieron convenio por el cual se pactaba la utilización de las infraestructuras del servicio público de transporte urbano de Tudela para prestar un servicio de transporte laboral al Hospital.

    En el año 2013, Gobierno de Navarra comunica al Ayuntamiento de Tudela la denuncia del citado convenio, quedando éste sin efecto el día 30 de junio de 2013.

    Ante la imposibilidad económica del Ayuntamiento de mantener un servicio destinado al transporte laboral de personal exclusivo de Gobierno de Navarra, con fecha 23 de diciembre de 2013, la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Tudela decide eliminar dicho servicio por los motivos expuestos.

    Ante las quejas y solicitudes ciudadanas por la supresión de ciertos horarios de la línea roja; con fecha 3 de febrero de 2014, la Junta de Gobierno Local adoptó acuerdo por el que se ampliaba el actual contrato de servicio de transporte urbano de la ciudad de Tudela, con efectos 2 de febrero de 2014, estableciendo nuevo servicio en la línea 2 durante los domingos y festivos.

    El servicio de la línea 2 tiene actualmente el siguiente horario:

    • Laborables: De 7:30 a 20:40 horas

      Sábados:

      • Mañanas: De 10:15 a 14:15 horas
      • Tardes: De 16:30 a 20:10 horas

        Domingos y festivos:

        • Mañanas: De 10:00 a 13:15 horas
        • Tardes: De 17:00 a 20:15 horas

          Este Ayuntamiento entiende que el servicio de transporte urbano atiende ampliamente las necesidades de los usuarios para trasladarse tanto a los centros educativos como al Hospital. No obstante, y aunque entiende que económicamente es inviable en la actualidad restablecer los horarios iniciales se compromete a estudiar la posibilidad de mejora y/o ampliación de los mismos”.

  5. Como ha quedado reflejado, la queja se encuentra relacionada con el servicio de transporte que conecta el núcleo urbano de Tudela con el Hospital Reina Sofía (también con el centro La Atalaya), y que, desde el 1 de enero de 2014, ha sufrido restricciones. La Plataforma autora de la queja solicita el restablecimiento y la mejora de dicho servicio de transporte.

    Por su parte, el Ayuntamiento de Tudela expone en el informe las razones que motivaron las restricciones acordadas y se compromete a estudiar la posibilidad de mejora del servicio existente y la ampliación del mismo, teniendo en cuenta que restablecer los horarios iniciales resulta inviable desde un punto de vista económico.

  6. Esta institución tuvo ocasión de pronunciarse sobre la cuestión planteada en los expedientes Q14/355/O y J14/14, donde manifestamos lo siguiente:

    “4. Esta institución, siendo consciente de que nos encontramos en el ámbito propio de la oportunidad administrativa -no existe una solución única en términos de legalidad-, considera conveniente que el Ayuntamiento de Tudela, tomando en consideración el amplio colectivo de ciudadanos que se han manifestado en contra de la minoración en la intensidad de prestación del servicio de transporte al Hospital de Tudela (especialmente, fines de semana y festivos), reevalúe las decisiones adoptadas en los últimos meses, con vistas a procurar que el nivel de prestación para los ciudadanos (trabajadores, usuarios de los centros, familiares y allegados, etcétera) se mantenga en los mismos términos que hasta 31 de diciembre de 2013, en cuanto a días y horas de cobertura, frecuencias y demás elementos propios del servicio.

    En este sentido, sería positivo tomar en consideración que nos encontramos ante un servicio que potencialmente atiende al conjunto de la ciudadanía, que conecta el núcleo poblacional con lugares donde se prestan servicios tan esenciales como los del Hospital Reina Sofía y el centro La Atalaya, sanitarios y de atención a personas con discapacidad, y cuya utilización puede devenir obligada para quienes, por razones de uso propio, laborales o familiares, deban a tales centros sanitarios o asistenciales y no dispongan de medios de transporte alternativos. Tales elementos lo convierten, a juicio de esta institución, en un servicio público a preservar, en su configuración e intensidad, y a modular las conclusiones a que puedan llevar los análisis económicos y de utilización efectiva del servicio.

    Por ello, esta institución sugiere que el Ayuntamiento de Tudela valore mantener el servicio de transporte que se venía prestando (entiéndase, a los concretos efectos que ahora interesan, el determinado por la adición de las líneas de lo que se consideraba servicio laboral y servicio general), con la intensidad (días y horarios de cobertura, frecuencias, etcétera) que tenía hasta el 31 de diciembre de 2013”.

  7. Vista la persistencia de la problemática planteada desde el año 2014 en relación con la reducción de frecuencias del servicio de transporte público al Hospital Reina Sofía y la actual disposición a estudiar mejoras mediante la ampliación de los horarios existentes mostrada por el Ayuntamiento de Tudela en su informe, esta institución ve oportuno sugerir a dicho Ayuntamiento que valore restaurar la intensidad (días, horario de cobertura, frecuencia, etcétera) del servicio de transporte que conecta el núcleo de la localidad con el Hospital Reina Sofía, en los términos en que tal servicio podía ser utilizado por trabajadores y restantes ciudadanos hasta 31 de diciembre de 2013.
  8. En consecuencia, y de conformidad con las facultades que le atribuye el artículo 34.1 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, la institución del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra ha estimado necesario:

    Sugerir al Ayuntamiento de Tudela que valore restaurar la intensidad (días, horario de cobertura, frecuencia, etcétera) del servicio de transporte que conecta el núcleo de la localidad con el Hospital Reina Sofía, en los términos en que tal servicio podía ser utilizado por trabajadores y restantes ciudadanos hasta 31 de diciembre de 2013.

De conformidad con el artículo 34.2 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, procede que el Ayuntamiento de Tudela informe, como es preceptivo, en el plazo máximo de dos meses, si acepta esta sugerencia, y, en su caso, las medidas adoptadas para su cumplimiento.

De acuerdo con lo establecido en dicho precepto legal, la no aceptación de la sugerencia podrá determinar la inclusión del caso en el Informe anual correspondiente al año 2016 que se exponga al Parlamento de Navarra con mención expresa de la Administración que no haya adoptado una actitud favorable cuando se considere que era posible.

A la espera de su respuesta, le saluda atentamente,

El Defensor del Pueblo de Navarra

Francisco Javier Enériz Olaechea

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