Búsqueda avanzada

Resoluciones

Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q16/306) por la que s recuerda al Departamento de Desarrollo Económico el deber legal de contestar expresamente, en tiempo y forma, la instancias presentadas por el autor de la queja.

01 agosto 2016

Obras Públicas y Servicios

Tema: Inactividad en la supresión de una tubería de restaurante.

Obras públicas

Vicepresidente Primero y Consejero de Desarrollo Económico

Señor Consejero:

El pasado 27 julio de 2016 he recibido su informe referido a la queja presentada por don […], relativo a la falta de actuación del Departamento de Desarrollo Económico en la supervisión de una tubería del restaurante […].

A la vista de dicho informe, cabe concluir que la controversia objeto de la queja se encuentra en vías de solución, por cuanto recientemente se ha realizado una inspección a la instalación común y se ha realizado un requerimiento al titular del restaurante para que subsane una serie de defectos.

No obstante, dado que el señor presentó con fecha 23 de octubre de 2014 una instancia en la Sección de Apoyo a la Modernización del entonces Departamento de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, (doc. 2014/525328), y que a día de hoy no ha sido contestada, me veo en la necesidad de recordar al Departamento de Desarrollo Económico el deber legal de contestar expresamente, en tiempo y forma, la instancias presentadas por el autor de la queja.

Le quedaría muy agradecido si, de conformidad con lo dispuesto en el art. 34.2 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, me comunicara, en el plazo máximo de dos meses, la aceptación o no de este recordatorio de deberes legales.

A la espera de su respuesta, aprovecho la ocasión para agradecerle la colaboración que viene prestando a esta institución.

Atentamente,

El Defensor del Pueblo de Navarra

Nafarroako Arartekoa

Francisco Javier Enériz Olaechea

Compartir contenido