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Sanidad
Tema: El desacuerdo con la atención sanitaria dispensada por el Departamento de Salud, en lo referente al cuidado y tratamiento de varias dolencias que padece y por las diversas cancelaciones de citas e intervenciones que se han producido en dicho proceso asistencial.
Sanidad
Consejero de Salud
Señor Consejero:
El 15 de marzo de 2016 esta institución recibió un escrito presentado por la señora doña […], mediante el que formulaba una queja frente al Departamento de Salud, por considerar que no ha recibido una adecuada atención sanitaria, y por las cancelaciones de citas e intervenciones que se han dado en el proceso asistencial.
La queja fue formulada en los siguientes términos:
Me pongo en contacto, con usted, tras pasar muchas veces por atención al paciente y realizar todo tipo de quejas por la falta de atención sanitaria. Como paciente de alto riesgo al tener Síndrome de Lynch y Síndrome de Mur Torrens derivado del anterior, tras tener mi primer carcinoma en Agosto del 2002, el cual fue extirpado con satisfacción, durante estos años he tenido muchos problemas para que me realizarían las revisiones previstas, llegando varias veces a caducarme las pruebas previas por no realizarme las colonoscopia a tiempo u otro tipo de pruebas. Le escribo para que sepa mi situación actual, pues estoy llegando al colmo de la paciencia, tras operarme de un bulto en el pecho me lo tuvieron que volver a limpiar, al encontrar células cancerígenas en su análisis, teniendo cita para la operación me la cambiaron el día anterior trastocan todos los planes, con dos horas de retraso me realizaron la mismas al día siguiente con satisfacción. Después debían de hacerme un scanner urgente en Diciembre para localizar posibles tumores que ha tardo dos meses, tras el escáner donde me encuentran, un tumor en el uréter , un pólipo en el pulmón y un quiste de grasa con posibles células cancerígenas, todo sigue con calma. Me dan hora para el Urólogo el día 8 de marzo y me llevo la gran sorpresa en su consulta que como llevan sin llamarme a esta consulta desde 2011 ósea cuatro veces sin citarme desde entonces, se me ha muerto el riñón y me lo tienen que extirpar, junto al tumor que tengo en el uréter. Debido a la mala gestión sanitaria, por no realizar la prevención. Después de superado el trauma por lo menos intentado, en principio tengo operación para el día 8 de abril, ya no hay remedio me quedo sin riñón por negligencia total al no realizar las consultas oportunas con un retraso de 4 años. A continuación me citan para una punción del pulmón, para examinar el nódulo de este, para ingresar con fecha 11 de marzo a las 8.30. El Jueves día 10 de marzo tras haber realizado todas las pruebas en consultas externas y pedido la baja a mi médico de cabecera, llego a casa y me llaman sin dar una explicación de que se anula mi ingreso. Sin darme más explicaciones. A día de hoy sigo sin tener cita para realizar la misma. Todo sigue con la misma calma y tranquilidad, el problema es que yo con mi enfermedad puedo tener una buena calidad de vida estando atendida adecuadamente. Lo peor que además de tener que luchar y sobreponerme a ella tengo que estar todo el día luchando con una malísima administración del sistema sanitario. Esto es desesperante, indecente e inmoral
.
Seguidamente, la institución se dirigió al Departamento de Salud, dándole cuenta del contenido de la queja y solicitando que informara sobre la cuestión suscitada.
En el informe recibido, se señala lo siguiente:
“Lamentamos sinceramente la insatisfacción que doña […] nos traslada y los inconvenientes derivados de la misma. Hemos comunicado el contenido de esta reclamación a las personas responsables para que situaciones como esta se eviten en los sucesivo.
Doña […] ha tenido seguimiento médico de su enfermedad al ser atendida en diferentes especialidades, como demuestra el registro de su Historia Clínica (143 consultas desde el 2001).
Efectivamente el 11 de marzo se canceló la punción de biopsia de pulmón programada, pero ésta fue realizada el día 18 de ese mismo mes.
Con respecto a la cita reservada con el Servicio de Urología, la paciente fue atendida el 11 de marzo, existiendo un registro previo el día 2 de marzo, correspondiente a la sesión de Uro-Oncológica en la que se trató su caso. En ella se indicó intervención quirúrgica para el día 8 de abril.”
Como ha quedado reflejado, la queja se presenta por la atención sanitaria prestada a la interesada, en relación con los problemas derivados del síndrome de Lynch que padece.
La señora […] viene a considerar que el seguimiento de su caso no ha sido el adecuado, con reiterados retrasos en las revisiones o cancelaciones de citas.
Por parte del Departamento de Salud, se ha emitido el informe que se ha transcrito. En referencia a la punción de biopsia de pulmón que había sido cancelada a la fecha de interponerse la queja, se informa que la misma se realizó el 18 de marzo de 2016. Asimismo, se informa que la intervención quirúrgica pendiente se indicó para el 8 de abril de 2016.
Esta institución supervisora de la Administración pública, aunque aprecia que, en parte, se ha corregido la situación expuesta en la queja, ve preciso, a la vista de lo señalado por la señora […], recomendar al Departamento de Salud que analice en profundidad lo acontecido durante el proceso asistencial, a fin de procurar que no se repitan episodios como los que se exponen y, en su caso, de adoptar las medidas explicativas, correctoras o compensatorias que correspondan, informando de todo ello a la interesada.
Se hace esta recomendación porque, según expone la interesada, esta ha presentado, antes de acudir a esta institución, varias quejas ante el Servicio de Atención al Paciente; porque la señora […] denuncia constantes retrasos en la labor preventiva que requiere su caso, y cancelación de citas sin una explicación adecuada; y, asimismo, porque considera que la extirpación del riñón tendría relación con la ausencia de un seguimiento adecuado.
En tales circunstancias, según estima la institución, es exigible el análisis en profundidad recomendando, a los fines señalados, comunicando a la interesada las conclusiones alcanzadas.
En consecuencia, y de conformidad con las facultades que le atribuye el artículo 34.1 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, la institución del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra ha estimado necesario:
Recomendar al Departamento de Salud que analice en profundidad lo acontecido durante el proceso asistencial de la autora de la queja, a fin de procurar que no se repitan episodios como los que denuncia y, en su caso, de adoptar las medidas correctoras o compensatorias que correspondan, informando de todo ello a la interesada.
De conformidad con el artículo 34.2 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, procede que el Departamento de Salud informe, como es preceptivo, en el plazo máximo de dos meses, si acepta la recomendación y, en su caso, las medidas adoptadas para su cumplimiento.
De acuerdo con lo establecido en dicho precepto legal, la no aceptación de la recomendación podrá determinar la inclusión del caso en el Informe anual correspondiente al año 2016 que se exponga al Parlamento de Navarra con mención expresa de la Administración que no haya adoptado una actitud favorable cuando se considere que era posible.
A la espera de su respuesta, le saluda atentamente,
El Defensor del Pueblo de Navarra
Nafarroako Arartekoa
Francisco Javier Enériz Olaechea
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