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Resoluciones

Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q15/168) por la que se recuerda al Ayuntamiento de Aranguren su deber legal de resolver, dentro del plazo legalmente establecido – cuatro meses-, las solicitudes de licencia de actividad clasificada, adoptando para ello las medidas que sean pertinentes.

03 agosto 2015

Urbanismo y Vivienda

Tema: Disconformidad con denegación de licencia de obras.

Urbanismo

Alcalde de Aranguren

Señor Alcalde:

He recibido su informe emitido en el expediente de referencia, incoado mediante queja formulada por don […], relativa a la denegación de sus solicitudes de licencia de obras para acondicionamiento de local y de actividad clasificada en nombre de la Asociación Cultural Ekaitz, para una nave sita en el Polígono Industrial de Mutilva.

Una vez estudiado el asunto, le comunico que, atendiendo a la fecha en que el autor de la queja presentó las solicitudes de licencia (15 de julio y 15 de septiembre de 2014) y a la de denegación de las mismas (11 de marzo de 2015), me veo en la necesidad de recordar al Ayuntamiento de Aranguren su deber legal de resolver, dentro del plazo legalmente establecido – cuatro meses-, las solicitudes de licencia de actividad clasificada, adoptando para ello las medidas que sean pertinentes.

Con la formulación de este recordatorio general, y por razones de eficacia, pongo fin a mi intervención, dando por aceptado este recordatorio por su parte, salvo que el Ayuntamiento de Aranguren quiera indicarme lo contrario o realizarme las precisiones que considere más oportuno, en cuyo caso la no aceptación figuraría en el informe anual de esta institución al Parlamento de Navarra correspondientes a 2015.

En todo caso, le agradezco la colaboración que presta a la institución para posibilitarle el ejercicio de las funciones que tiene encomendadas.

Atentamente,

El Defensor del Pueblo de Navarra

Nafarroako Arartekoa

Francisco Javier Enériz Olaechea

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