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Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q14/566/E) por la que se sugiere al Departamento de Educación que continúe realizando gestiones para que los alumnos del modelo D, puedan realizar una inmersión lingüística y cultural en centros educativos franceses.

26 junio 2014

Educación y Enseñanza

Tema: Exclusión alumnos modelo D del programa de intercambio francés.

Educación y enseñanza

Consejero de Educación

Señor Consejero:

  1. El 18 de junio de 2013 recibí un escrito presentado por doña […], y cinco padres más, en representación de sus hijos, mediante el que formulaban una queja frente al Departamento de Educación, en relación al listado provisional de la Convocatoria del Programa de intercambio recíproco con Francia en el curso 2014-2015, dirigida al alumnado de 3º de la ESO de centros escolares dependientes del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra, publicado el 7 de mayo de 2014, por haber quedado todos ellos en lista de espera, a pesar de cumplir con todos los requisitos de participación establecidos en la convocatoria.

    Me exponían en su escrito que:

    1. Sus hijos habían participado en la Convocatoria del Programa de intercambio reciproco con Francia en el curso 2014-2015, dirigida al alumnado de 3º de la ESO de centros escolares dependientes del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra, habiendo sido todos ellos admitidos a la fase de selección, por contar con elevadas notas medias en francés y en la evaluación final.

    2. Sin embargo, en el listado provisional de alumnado de 2º de ESO admitido en el programa de intercambio recíproco con Francia para el primer trimestre del curso 2014-2015, tras los emparejamientos realizados con las instituciones francesas, sus hijos figuraban en lista de espera.

    3. A su juicio, sus hijos figuraban en lista de espera por cursar sus estudios en el modelo D. Sin embargo, la convocatoria únicamente hacía referencia a estar cursando 2 de ESO en un centro educativo, público o concertado, dependiente del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra, es decir sin restricción ni limitación alguna en relación al modelo educativo.

    4. Consideraban que el órgano convocante tuvo que prever y tener en consideración a los alumnos del modelo D, garantizando mecanismos suficientes para facilitar a los alumnos franceses de intercambio su plena integración el país y concretamente en el contexto escolar, en cuanto a la enseñanza en castellano.

    5. Por ello, solicitaban la revisión del proceso de elaboración del listado de alumnos admitidos, atendiendo a los criterios de nota media y sorteo, establecidos en la convocatoria, y sugerían la posibilidad de que el alumnado francés pudiese ser adscrito al instituto más cercano al del alumno navarro de intercambio que imparta modelo A-G, o que todos los alumnos franceses se adscribiesen a un centro de referencia común que imparta la enseñanza en los modelos A-G.
  2. Seguidamente, di traslado de la queja al Departamento de Educación, para que informara sobre el asunto.

    En el informe recibido, se expone lo siguiente:

    “En relación al expediente Q14/566/F, sobre la queja presentada ante el Defensor del Pueblo por Dª Doña Rosario […], y cinco padres más, en representación de sus hijos, sobre el listado provisional de la Convocatoria del Programa de intercambio recíproco con Francia en el curso 2014-15, y a la vista del informe emitido por el servicio correspondiente,

    INFORMO:

    La Resolución 133/2014, de 31 de marzo, aprueba la convocatoria del programa de intercambio recíproco con Francia en el curso 2014-15, dirigida al alumnado de 3º de la ESO de centros escolares dependientes del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra.

    El programa de intercambio recíproco deriva del punto 3 de la cláusula III del acuerdo de colaboración educativa entre la Academia de Burdeos y el Departamento de Educación, firmado el 28 de mayo de 2013, que establece que las dos partes promoverán un programa de estancias de estudio de una duración media de 2 a 4 meses entre dos alumnos, uno de l’Académie de Bordeaux y el otro de la región de Navarra. El intercambio se basa en el principio de reciprocidad. Durante el periodo del intercambio, el alumno se alojará en la familia de su compañero del otro país y asistirá al mismo centro escolar de éste. La elección de las fechas del intercambio corresponderá a los participantes y a los centros escolares.

    La base 5.2. de la convocatoria establece los criterios que el Departamento de Educación debe cumplir para la elaboración de un listado priorizado del alumnado de Navarra. En atención a este orden priorizado, el Departamento de Educación y la Academia de Burdeos procedieron al emparejamiento del alumnado francés y navarro, teniendo en cuenta lo dispuesto en el apartado 5.4 de las Bases de la convocatoria, que establece que «la configuración definitiva del listado estará condicionada por la propia reciprocidad de la convocatoria, así como por la información, perfil, y características del alumnado». Como resultado de dicho proceso, parte del alumnado de Navarra quedó en reserva por motivos de sexo, de condiciones relacionadas con el alojamiento o de características lingüísticas del centro navarro de acogida (Modelo D sin opción a instrucción en castellano).

    Ante la negativa del alumnado francés a asistir a centros en que exclusivamente se impartiera el modelo D sin opción a otros modelos lingüísticos dentro del mismo centro, el Departamento de Educación pidió un nuevo esfuerzo de difusión del programa a la representante de la Academia de Burdeos. Además, se ha establecido contacto directo hasta ahora infructuoso por parte del Departamento de Educación con 11 centros educativos franceses, además de con autoridades consultares.

    Hasta la fecha, el resultado de estos esfuerzos no ha tenido resultado positivo. Por ello, el Departamento continúa intentando buscar una posibilidad de intercambio para estos alumnos, incluyendo otras modalidades de intercambio, no recíproco, que permitan salvar la negativa del alumnado francés a asistir a centros exclusivamente de modelo D. De todo ello, este Consejero ha dado cuenta en el Parlamento y, tras su comparecencia, ha recibido a una amplia representación de las familias afectadas, a quienes les ha trasladado –y se ha comprometido a seguir haciéndolo- cuantas gestiones está llevando a cabo para propiciar la estancia de sus hijos en colegios franceses, o mejor aún, un interés de estos por llevar a cabo los intercambios propiamente dichos”.

  3. Como ha quedado reflejado, la queja se presenta en relación con la posición en lista de espera de los alumnos que cursan sus estudios en el modelo D en el listado provisional de alumnado de 2º de la ESO admitidos en el programa de intercambio recíproco con Francia para el primer trimestre del curso 2014-2015, tras los emparejamientos realizados por las instituciones francesas.

    Analizada la convocatoria, esta institución observa que el objeto de la misma (base 1), es establecer intercambios recíprocos de 16 semanas entre alumnos de 3º de ESO de centros escolares de Navarra y alumnos de centros escolares de Francia,[…], se trata de una inmersión lingüística y cultural en centros escolares de las mismas características del ámbito de gestión de l’Académie de Burdeos; A través de estos intercambios los estudiantes tendrán la posibilidad de una integración plena en el país, en diferentes contextos como el familiar, el escolar, y el social, y podrán desarrollar su comprensión sobre la lengua y cultura francesa, adquirir las competencias necesarias para su desarrollo personal, convivir con una familia francesa y asistir a un centro escolar ordinario.

    Para poder optar a estas plazas, el alumnado deberá reunir los siguientes requisitos (base tercera): a) En el curso escolar 2013-2014, estar cursando 2º de ESO en un centro educativo, público o concertado, dependiente del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra; b) Cursar la materia de francés en su currículo; c) Acreditar un mínimo de 7 en francés en la evaluación de la convocatoria ordinaria de junio de 2013, no figurando ningún insuficiente entre las materias de esta evaluación.

    Una vez presentadas las solicitudes, señala la base 5.2 que se elaborará un listado de alumnos solicitantes en orden decreciente de nota media de la evaluación final de junio de 2013. En caso de empate en la puntuación final, se aplicarán los siguientes criterios de desempate: a) La nota de francés de la evaluación final ordinaria de junio de 2013; b) Si persiste el empate, se procederá en acto público a un sorteo entre los candidatos empatados.

    A continuación, la base 5.4 dispone que teniendo en cuenta el listado del alumnado ordenado conforme a lo establecido en el punto 5.3, la Comisión de selección, en coordinación con los representantes de la Acedémie de Bordeaux, procederán al emparejamiento de los estudiantes. La configuración definitiva del listado estará condicionada por la propia reciprocidad de la convocatoria, como por la información, perfil y características del alumnado.

  4. A la vista de lo informado por el Departamento de Educación, esta institución aprecia que el emparejamiento de los estudiantes que acuden al modelo D no ha podido realizarse por la negativa del alumnado francés a asistir a centros en que exclusivamente se impartiera el modelo D sin opción a otros modelos lingüísticos dentro del mismo centro.

    Ante dicha negativa, el Departamento de Educación pidió un nuevo esfuerzo de difusión del programa a la representante de Burdeos, y estableció contacto directo con 11 centros educativos franceses, así como con autoridades consulares, todo ello con resultados infructuosos. No obstante, señala el Departamento que continúan intentando buscar una posibilidad de intercambio para estos alumnos.

    Por ello, y dado que son varios los alumnos del modelo D que, a pesar de cumplir con los requisitos establecidos en la convocatoria, se han quedado sin la posibilidad de realizar el intercambio por la negativa del alumnado francés, esta institución, sugiere al Departamento de Educación que continúe realizando gestiones para que los alumnos navarros puedan realizar una inmersión lingüística y cultural en centros educativos franceses.

  5. En consecuencia, y de conformidad con las facultades que me atribuye el artículo 34.1 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, he creído pertinente formular al Departamento de Educación la siguiente sugerencia:

    Sugerir al Departamento de Educación que continúe realizando gestiones para que los alumnos del modelo D, puedan realizar una inmersión lingüística y cultural en centros educativos franceses.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 34.2 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, el Departamento de Educación dispone de un plazo máximo de dos meses para informarme, como es preceptivo, si acepta esta sugerencia y, en su caso, las medidas adoptadas para su cumplimiento.

Atentamente y queda a la espera de su respuesta,

El Defensor del Pueblo de Navarra

Nafarroako Arartekoa

Francisco Javier Enériz Olaechea

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