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Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (13/13/B) por la que se sugiere al Departamento de Políticas Sociales que estudie y valore la posibilidad de elaborar una convocatoria de ayudas a la familia en la que se garantice la posibilidad de participar a aquellas personas que solicitaron las ayudas ayudas económicas de pago periódico por parto, adopción o acogimiento múltiples ocurridos en el año 2012.

12 marzo 2013

Bienestar social

Tema: Denegación de ayuda familiar por parto múltiple.

Bienestar social

Consejero de Políticas Sociales

Excmo. Sr.:

El pasado 8 de enero recibí una queja de don […], referente a la denegación de la ayuda familiar por parto múltiple presentada en el año 2012.

Seguidamente, me dirigí al Departamento de Políticas Sociales, dándole traslado del contenido de la queja y solicitándole información.

El 18 de febrero de 2013 he recibido el informe solicitado. En el informe remitido por el Departamento, se indica que el Instituto Navarro para la Familia e Igualdad está definiendo las nuevas ayudas a la familia con nuevos requisitos y condiciones para su concesión.

Por ello, en ejercicio de las funciones que me atribuye la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, de defensa y mejora del nivel de protección de los derechos de los ciudadanos, he estimado procedente formularle la siguiente sugerencia al respecto de la cuestión que subyace en la queja:

Sugerir al Departamento de Políticas Sociales que estudie y valore la posibilidad de elaborar, lo antes posible, una convocatoria de ayudas a la familia en la que se garantice la posibilidad de participar a aquellas personas que solicitaron las ayudas ayudas económicas de pago periódico por parto, adopción o acogimiento múltiples ocurridos en el año 2012 conforme a la convocatoria hecha por la Orden Foral 235/2012, de 22 de mayo y que fueron desestimadas por falta de crédito presupuestario.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 34.2 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, del Defensor del Pueblo de Navarra, procede que el Departamento comunique, como es preceptivo, en el plazo máximo de dos meses, su posición sobre la aceptación de esta sugerencia y, en su caso, las medidas a adoptar al respecto.

A la espera de su respuesta, aprovecho la ocasión para agradecerle la colaboración que viene prestando a esta institución.

Atentamente,

El Defensor del Pueblo de Navarra

Nafarroako Arartekoa

Francisco Javier Enériz Olaechea

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