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Resolución 94/2007, de 29 de junio, del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, por la que se inadmite la queja formulada por doña [?].

29 junio 2007

Urbanismo y Vivienda

Tema: Denegación de licencia de obras por parte del Ayuntamiento

Exp: 07/215/U

: 94

Urbanismo y Vivienda

ANTECEDENTES

Con fecha 22 de junio de 2007 tuvo entrada en esta Institución una queja, formulada por doña [?], relativa a la denegación de una licencia de obras por parte del Ayuntamiento de [?].

La Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, dispone, en su artículo 23.2, que el Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra no entrará al examen individual de aquellas quejas sobre las que exista sentencia firme o esté pendiente resolución judicial y lo suspenderá si, iniciada su actuación, se interpusiera por persona interesada denuncia, querella, demanda o recurso ante los Tribunales o se incoaran autos ante los mismos.

Con fecha 27 de junio de 2007 la interesada ha comunicado a esta Institución la interposición de un recurso contencioso-administrativo frente a la actuación del Ayuntamiento de [?] determinante de la queja.

En consecuencia, habiendo la interesado promovido la intervención del poder judicial, procede la inadmisión a trámite de la queja presentada ante esta Institución.

Por todo lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto por la Ley Foral reguladora del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1º. Inadmitir la queja formulada por doña [?].

2º. Notificar esta decisión a doña [?], señalando que, de conformidad con el artículo 35.4 de la misma Ley Foral, frente a ella no cabe interponer recurso alguno.

El Defensor del Pueblo de Navarra

Francisco Javier Enériz Olaechea

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