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Resolución 87/2007, de 20 de Junio, del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, por la que se archiva la queja formulada por Don [?] y Don [?], en representación de la Comisión de Personal del Ayuntamiento de [?].

20 junio 2007

Transparencia y derecho a la información pública

Tema: Falta de contestación a la solicitud realizada por representantes de la Comisión de personal del Ayuntamiento

Exp: 07/132/D

: 87

Impulso de Derechos

Con fecha 23 de abril de 2007 tuvo entrada en esta Institución una queja formulada por Don [?] y Don [?], en representación de la Comisión de Personal del Ayuntamiento de [?], relativa a la falta de contestación a una solicitud de información presentada el día 20 de julio de 2006.

Señalan que en dicha fecha solicitaron al Ayuntamiento al que me dirijo información sobre el procedimiento utilizado en la asignación de los puestos de Auxiliares de Mantenimiento, después del concurso de traslados realizado, así como la documentación pertinente para comprobar la antigüedad del personal que ocupa actualmente esas vacantes. Indican que, a pesar del tiempo transcurrido, no han obtenido respuesta alguna.

A fin de resolver en la forma conveniente sobre esta queja y determinar nuestras posibilidades de actuación, de conformidad con las facultades que se confieren a esta Institución en la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, se dirigió escrito al Ayuntamiento de [?] para que informase sobre la cuestión planteada en la queja.

En el informe remitido por el Ayuntamiento nos indican que ? se contestó que tal y como estaba previsto en la convocatoria se ofertaron las plazas vacantes indicando como se encontraban adscritas en el momento de la elección, y las personas que concursaron eligieron según sus preferencias?.

Se indica, asimismo, que la Comisión presentó nuevo escrito el día 24 de noviembre, en el que solicitaba se hiciera constar la producción del silencio administrativo, al cual se les comunicó que el 5 de octubre acusan recibo de varias respuestas entre las que se encuentra ésta que piden silencio administrativo.

A la vista de ello, tomando por cierta la información remitida y, en cualquier caso, resultando notoria la innecesariedad de continuar con las actuaciones de esta Institución, procede el archivo de las mismas.

Por todo lo anterior,

RESUELVO:

1º. Proceder al archivo de la queja formulada por Don [?] y Don [?], en representación de la Comisión de Personal del Ayuntamiento de [?] en el expediente de referencia.

2º. Notificar esta decisión a los interesados y al Ayuntamiento de [?], señalando que contra la misma no cabe interponer recurso alguno.

El Defensor del Pueblo de Navarra

Francisco Javier Enériz Olaechea

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