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El Defensor del Pueblo de Navarra sugiere al Parlamento la modificación de la Ley de Foral de Haciendas Locales para evitar que el pago de la plusvalía recaiga en el comprador.

30 septiembre 2009

El Defensor del Pueblo de Navarra, Francisco Javier Enériz Olaechea, ha sugerido al Parlamento de Navarra y al Departamento de Administración Local que analicen la modificación de la Ley Foral de Haciendas Locales de Navarra, para evitar que el cobro del impuesto de plusvalías se realice al comprador y no al vendedor de un inmueble, ya que es éste quien realmente se beneficia de las plusvalías generadas.

La sugerencia deriva de una queja recibida en la Institución del Defensor del Pueblo de Navarra en el que una ciudadana manifestaba su disconformidad con la liquidación, por parte de un Ayuntamiento, del impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos Urbanos.

Según la Ley Foral de Haciendas Locales, en las transmisiones de terrenos no gratuitas el obligado al pago frente a las entidades locales es el comprador. Por ello, y sin perjuicio de los pactos que existan entre el vendedor y el comprador, las entidades locales cobran la liquidación del impuesto al adquirente, que si bien no es el sujeto pasivo del impuesto, tiene la condición de sustituto a efectos del pago.

El cobro del impuesto a los sujetos que ocupan la condición de sustituto se realiza en la actualidad por las Administraciones locales por una razón de “comodidad y seguridad para la Hacienda Local”.

El Defensor considera injusto que la Administración exija el tributo al comprador por meras razones de comodidad y seguridad, ya que el obligado tributario principal es, en definitiva, el vendedor.

En la legislación estatal se sigue, precisamente, el criterio que propone el Defensor del Pueblo de Navarra.

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