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El Defensor del Pueblo de Navarra remite al Defensor del Pueblo estatal una queja relacionada con el cobro de establecimiento de llamada cuando no se dejan mensajes de voz.

16 octubre 2009

El Defensor del Pueblo de Navarra, Francisco Javier Enériz Olaechea, ha remitido al Defensor del Pueblo estatal una queja remitida por un ciudadano en la que indica que una compañía telefónica, factura, en concepto de establecimiento de llamada por el servicio de buzón de voz, las llamadas que se realizan a los móviles que están fuera de cobertura o comunicando, todo ello con independencia de que se grabe o no un mensaje de buzón de voz.

El mencionado ciudadano explica que únicamente deberían facturarse los importes correspondientes al tiempo de grabación del mensaje de voz y que no se debería facturar ningún importe en caso de no dejar mensaje.

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio estableció la regulación de las condiciones relativas a la calidad de servicio en la prestación de los servicios de comunicaciones electrónicas. Entre los objetivos de esta Orden –expone Javier Enériz– se encuentra facilitar la transparencia, proporcionando a los usuarios y en especial a los consumidores información relevante sobre la calidad de servicio de las distintas ofertas existentes en el mercado, garantizar unos niveles mínimos de calidad de servicio en la prestación de los servicios básicos como el servicio universal, ordenar la inclusión por los operadores de compromisos individuales de calidad en los contratos con los usuarios, así como los mecanismos de compensación en caso de incumplimiento, mantener puntualmente informada a la Administración en caso de producirse grandes averías o sucesos que conlleven una importante degradación de la calidad de servicio y asegurar a los usuarios una facturación por parte de los operadores libre de errores.

El Defensor del Pueblo de Navarra ha remitido esta queja al Defensor del Pueblo estatal para que estudie su contenido, ya que su ámbito competencial abarca la supervisión en exclusiva del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, y para que intervenga en este asunto si procede y lo considera conveniente.

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