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El Defensor del Pueblo de Navarra ha declarado al Ayuntamiento de Cascante como Administración no colaboradora, al no haber atendido los sucesivos requerimientos de respuesta a una recomendación formulada acerca de la queja presentada por una vecina de la localidad.
El caso tiene su origen en la presentación de una queja por una vecina de Cascante, que denunciaba el deficiente estado en que se encuentra un lugar adyacente a la vivienda de su padre, donde se ubican una serie de contenedores de basura.
El Defensor del Pueblo de Navarra, tras analizar el asunto, recomendó al Ayuntamiento de Cascante que, sin perjuicio de un eventual y futuro cambio de la disposición de los contenedores aludidos en la queja, adyacentes a la vivienda del interesado, con la celeridad debida, adoptara medidas para limpiar y conservar adecuadamente el la la zona aludida, evitando a los vecinos molestias excesivas e indebidas, y que realizara tales tareas con regularidad o periodicidad.
La institución otorgó al Ayuntamiento de Cascante un plazo de dos meses para responder a la recomendación e informar de las medidas a adoptar, como establece la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra.
Transcurrido el plazo legal, ante la falta de respuesta, el Defensor del Pueblo de Navarra se vio obligado a reiterar la solicitud de posicionamiento de la entidad local por dos veces, los días 25 de noviembre de 2015 y 12 de enero de 2016. En los requerimientos remitidos al Ayuntamiento de Cascante, el Defensor del Pueblo de Navarra le recordó su deber de colaboración con la institución supervisora.
Finalmente, ante la persistencia de la omisión de respuesta, el Defensor del Pueblo de Navarra ha considerado no aceptada su recomendación y declarado la falta de colaboración del Ayuntamiento de Cascante.
Según se hace constar en el cierre de las actuaciones, la institución dará cuenta de esta falta de colaboración al Parlamento de Navarra, con ocasión de la presentación del informe anual sobre su actividad de 2015, y anotará la conducta municipal en el Registro de Administraciones no Colaboradoras con el Defensor del Pueblo de Navarra, con mención expresa al Ayuntamiento de Cascante y, en su caso, a la autoridad local responsable.
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