2016 urtarrila 19
Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q15/604) por la que se recuerda al Departamento de Educación el deber legal de justificar suficientemente, en los expedientes de contratación administrativa para la atención de nuevas necesidades de personal docente, tanto la existencia de nuevas necesidades como la insuficiencia de personal fijo para su atención, como así lo exige el artículo 6.2 del Decreto Foral 68/2009, de 28 de septiembre, por el que se regula la contratación de personal en régimen administrativo en las Administraciones Públicas de Navarra. Asimismo se le recuerda al Departamento de Educación que, en las extinciones anticipadas de contratos administrativos por apreciar que no se mantienen las necesidades que motivaron la contratación, se garantice la previa y preceptiva audiencia de las personas afectadas por la extinción contractual. También se le recomienda que indemnice a la autora de la queja en compensación de los daños y perjuicios causados, por haberse extinguido indebidamente el contrato administrativo suscrito con ella.Gaia: Disconformidad con modificación de condiciones de su plaza.