2019 urtarrila 28
Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q18/858) por la que se recomienda al Colegio de Abogados de Pamplona que facilite al autor de la queja el documento que solicita, comprensivo de unas alegaciones que se formularon a raíz de una queja que él mismo presentó ante dicha entidad.Gaia: El desacuerdo del autor de la queja con la desestimación del Colegio de Abogados de Pamplona de su solicitud de acceder a la documentación que obra en un expediente de reclamación, iniciado frente a la actuación profesional de dos abogadas.