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Resoluciones

Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q24/807) por la que sugiere al Departamento de Salud que se examine el caso de la interesada de cara a valorar otros tratamientos para la patología que padece.

07 octubre 2024

Sanidad

Tema: El desacuerdo de la autora de la queja con la atención sanitaria prestada por del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Consejero de Salud

Señor Consejero:

1. El 31 de julio de 2024 esta institución recibió un escrito de la señora doña (…), mediante el que formulaba una queja por la atención médica que está recibiendo.

En dicho escrito exponía lo siguiente:

Llevo 18 meses de baja por una lumbalgia crónica. El 25 de octubre del 2022 empezó todo esto, con dolores constantes.

Me empezaron a tratar en el servicio de rehabilitación, la doctora (…). Que hizo todo lo que estaba en sus manos. El día 3 de enero de 2023 me hicieron una infiltración facetaria y ese mismo día perdí mi trabajo. Ese mismo año me hicieron 3 intervenciones más, dos bloqueos y una rizólisis. La doctora decidió mandarme a neurocirugía, para ver si se podía hacer algo más.

En diciembre de 2023 me citaron para neurocirugía, yo tenía tantas esperanzas puestas, pensando que me iban a dar una solución, que fue una grandísima decepción.

Nada más entrar por la puerta y casi sin decir nada de cómo estaba o dejaba de estar, en todo momento su respuesta fue, que como estaba obesa, y yo le pregunte, ¿si me quitara 50kg, me dejaría de doler? Y me dijo, “hombre lo que tienes en la espalda, lo tendrás igual”. La cuestión es que salí de allí, me eché a llorar, porque creía que me iban a ayudar y no fue así. Me dijo, que nos veríamos en 6 meses y que si seguía igual me mandaría a la unidad del dolor.

Tomaba tanta medicación, ocho pastillas a la mañana, dos a mediodía y otras ocho a la noche, y cada vez que iba al médico, era más medicación.

Llegó el 14 de febrero, tenía inspección médica a las 10:30 y como llevaba varios días vomitando, fui al médico y me pusieron un primperan. Pasé inspección médica con un malestar increíble y a eso de las 12:30 me fui a urgencias. No recuerdo mucho porque a las 13:30 estaba en la UCI e intubada. Había tenido un shock anafiláctico.

Cuando me desintubaron y después de hacerme un montón de pruebas, no sabían que había sido, pero me dijeron que tarde o temprano lo sabría. Podía ser una reacción alérgica alguna combinación de algún medicamento.

Ese mismo 14 de febrero, inspección médica me dio el alta para trabajar, mientras mi vida pedía de un hilo. Sin palabras.

Durante mi ingreso en UCI, y ellos lo pueden confirmar, no podía parar del dolor. Se me quedo una parte del mulso sin sensibilidad, y eso a nadie le importa. Es más, en la unidad del dolor me dijeron que por lo menos no me dolía, que era mejor que estuviera dormida que con dolor. A día de hoy sigue igual y esto a nadie le preocupa.

En uci me retiraron toda la medicación para el dolor y me la cambiaron por parches de fentanilo. Me hicieron interconsulta con la unidad del dolor, y estuve unos días ingresada en la cuarta planta de Virgen del Camino, en medicina interna. En ese momento todo el mundo se preocupó por mí, claro había estado a punto de morirme. Pero lo malo han sido los meses posteriores. Salí del hospital con fentanilo y paracetamol, que, para mis dolores, es como no tomar nada. Hasta que no me hicieran las pruebas de la alergia no podía tomar nada.

Estuve otra vez en urgencias porque el dolor era insoportable, pero poco pudieron hacer, todavía no me habían llamado de alergología.  Como no me llamaban y ante la gravedad del asunto por si me volvía a pasar, puse varias reclamaciones en la app, y luego en atención al cliente, y me llamaron el 14 de mayo. Todos estos meses con un dolor inhumano y solo con paracetamol. INCREÍBLE.

Una vez me hicieron todas las pruebas de alergia, me dio negativo a todo, me dijeron que el primperan habría sido el fármaco que me produjo el shock anafiláctico.

A finales de junio empeoré muchísimo con el dolor, estuve otra vez en urgencias y no me quitaron el dolor. Estuve en el médico de cabecera varias veces y al final le rogué que me ayudará. Que es horroroso vivir así. Le pedí una segunda opinión de otro especialista o empezar de cero otra vez. Pero necesitaba ayuda. No para que me quiten el dolor, que no lo consiguen, creo yo que, porque no quieren, si no para que me den una solución a mi problema. Me dijo que la unidad del dolor ya no me iba a hacer nada, y que no recomendaba subir la dosis de fentanilo. Solicitó una valoración para raquis y le contestaron que estaban de acuerdo con el diagnóstico de neurocirugía. Sin ni siquiera verme.

Tuve que volver a urgencias la semana pasada, me pusieron de todo y me dijo la médico que sería bueno hacer una nueva resonancia. Hablé con mi médico para que me la solicitará y eso parece que si me lo pueden hacer.

Me acabo de enterar que me han denegado la incapacidad laboral, con los dolores que tengo, que no puedo hacer ni las tareas de la casa, y pretenden que trabaje en mi puesto habitual, que es, en un supermercado. Otra vez me quedo sin palabras.

Solo sé, que me han abandonado a mi suerte, con 49 años estoy incapacitada para hacer una vida normal, con dolores todos los días desde que me levanto. NADIE me quiere ayudar, ni la unidad del dolor, ni neurocirugía, ni raquis.

Si la excusa de no tratarme es, porque estoy GORDA, pues seguiré estándolo, porque no me puedo casi mover y la única opción que se me viene a la cabeza es dejar de comer, igual así pierdo algo de peso. Es inhumano levantarte con dolor y acostarte con dolor, y encima que algunos médicos te traten mal. Necesito ayuda. Que alguien de verdad se preocupe por mí. Que me miren si hay solución a mi problema, pero que no se limiten a intentar quitarme el dolor, que también”.

2. Seguidamente, esta institución se dirigió al Departamento de Salud, solicitando que informara sobre la cuestión suscitada.

El 12 de septiembre de 2024 se recibió el informe remitido, en el que se expone lo siguiente:

“Respuesta concerniente al Servicio de Anestesia, Reanimación y Terapéutica del Dolor:

- En la Unidad de Dolor doña (…) fue vista por primera vez el 16 de febrero de 2024 por interconsulta realizada por los compañeros de Cuidados Intensivos para control de dolor, ya que se encontraba ingresada en esta Unidad por shock anafiláctico sin identificar el fármaco que lo había producido, pendiente de estudio alergológico. Se le diagnosticó una Lumbalgia crónica.

- Pasó posteriormente a planta a cargo de Medicina Interna. Estable durante su paso por planta de ese Servicio con dolor aceptablemente controlado con fentanilo 25mcg/72h tts por lo que no fue necesaria ninguna actitud terapéutica por nuestra parte durante el ingreso.

- Valorada tras el ingreso de forma ambulatoria en nuestra consulta el 8 de marzo de 2024, no se apreció indicación de técnicas intervencionistas por nuestra parte, tampoco se realizó cambios farmacológicos al no disponer de estudio alergológico. Se explicó recomendaciones a la paciente: vida lo más activa posible, perder peso en la medida de lo posible, y se le entregó y adiestró en TENS (Estimulación Eléctrica Nerviosa Transcutánea) el 21 de marzo, dando de alta en la Unidad por no ser susceptible en ese momento de otro tratamiento por nuestra parte.

- Valorada de nuevo el 1 de julio de 2024 en Interconsulta No Presencial (INP) se responde a Médico de Atención Primaria (MAP) con las indicaciones anteriores.

Respuesta concerniente al Servicio de Endocrinología y Nutrición:

- la paciente no refiere ninguna queja sobre la atención realizada por nuestro servicio. Sigue revisiones en la consulta de Nutrición y está pendiente de consulta de revisión.

Respuesta concerniente al Servicio de Rehabilitación:

- la paciente acudió a la consulta de Raquis Médico el 3 de noviembre de 2020 presentando un dolor lumbar de años de evolución y siendo atendida por la Dra. Ibarluzea como refiere la paciente.

- Durante 3 años la paciente ha sido atendida en la unidad de raquis siendo tratada con fármacos, ejercicios y técnicas intervencionistas (infiltraciones facetarias, bloqueos caudales y rizolisis). El 30 de noviembre de 2023, ante la persistencia del dolor y no resultado del último tratamiento realizado (otro bloqueo caudal), la Dra. Ibarluzea decide solicitar consulta a Neurocirugía para valoración y realiza informe médico a la paciente (disponible en Historia Clínica).

- Por nuestra parte el caso quedó cerrado en esta fecha y no hemos vuelto a valorar a la paciente

Respuesta concerniente al Servicio de Neurocirugía:

- Según consta en la Historia Clínica Informatizada fue valorada por primera y única vez en Consulta de Neurocirugía el 15 de diciembre de 23 por un cuadro de lumbalgia crónica:

"Paciente con obesidad mórbida en tratamiento por nutrición. Cuadro de lumbalgia crónica en seguimiento por Rehabilitación, realizadas rizolisis y BED con escasa eficacia (refiere solo mejoría con primer BED). Describe lumbalgia diaria, en ocasiones irradiada a EEII, fundamentalmente en ocasiones por EID.

Obesidad mórbida, deambula de manera autónoma. Sin déficits sensitivo-motores.

Resonancia Magnética (RM) que objetiva leve crecimiento de protrusiones discales en L3 L4 y L4 L5 que no determina estenosis central. Abombamiento asimétrico del disco L5 S1 y osteofitosis de predominio izquierdo en las plataformas causando leve estenosis foraminal izquierda. Fisura anular y protrusión extraforaminal izquierda del disco que contacta tangencialmente la raíz L5 y no ha cambiado significativamente.

Se explica patología y probable causa multifactorial de su dolor crónico, con gran importancia del factor de obesidad en su dolor.

Dados los hallazgos clínico-radiológicos, no se considera que una posible intervención quirúrgica pueda aportar beneficio en su caso en este momento por lo que se recomienda manejo conservador con medidas higienicodietéticas y ejercicios con el Servicio de Rehabilitación que ya está realizando. Se recomienda vida activa en la medida de lo posible, según tolerancia.

Se consideró revisión en 6 meses estando en reserva de dicha consulta, por lo que se procede a citar en primer hueco disponible.

A nuestro entender por parte de los Servicios del Hospital Universitario de Navarra no hay ni desatención ni mala praxis. En todas las atenciones a doña (…) se le explica los resultados que comprende parcialmente ya que se encuentra lábil emocionalmente con la situación.

Lamentamos profundamente la percepción negativa de las atenciones prestadas a doña (…). No obstante, continuaremos realizando seguimiento de su caso para asegurar que reciba la atención necesaria dentro de nuestras capacidades”.

3. A efectos de resolver la presente queja se debe comenzar señalando que, a la vista de la información obrante en el expediente, esta institución no encuentra suficientes elementos de juicio para considerar que la atención prestada a la interesada por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea no haya respondido a lo normativamente exigible.

En este sentido, del conjunto de actuaciones del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea descritas no se aprecia una pasividad ante el problema que sufre la interesada.

Aunque entiende que pudieran molestar a la interesada, esta institución considera que las referencias a un posible sobrepeso deben enmarcarse en el ámbito del diagnóstico y tratamiento de una patología de origen aparentemente multifactorial, siendo dicha circunstancia uno de los factores que, si bien por sí mismo no constituye la causa de aquélla, sí puede contribuir a su aparición y desarrollo.

Dicho esto, teniendo en cuenta las circunstancias por las que está pasando la interesada y, especialmente, el hecho de que esté experimentado desde hace tiempo unos dolores a los que parece no encontrarse una solución, esta institución estima oportuno sugerir al Departamento que examine el caso de la interesada de cara a valorar otros tratamientos para la patología que padece.

4. En consecuencia, y en ejercicio de las facultades que le atribuye el artículo 34.1 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, la institución del Defensor del Pueblo de Navarra ha estimado necesario:

Sugerir al Departamento de Salud que se examine el caso de la interesada de cara a valorar otros tratamientos para la patología que padece.

De conformidad con el artículo 34.2 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, procede que el Departamento de Salud informe, como es preceptivo, en el plazo máximo de dos meses, si acepta esta resolución, y, en su caso, las medidas adoptadas para su cumplimiento.

De acuerdo con lo establecido en dicho precepto legal, la no aceptación de la resolución podrá determinar la inclusión del caso en el Informe anual correspondiente que se exponga al Parlamento de Navarra, con mención expresa de la Administración que no haya adoptado una actitud favorable cuando se considere que era posible.

A la espera de su respuesta, le saluda atentamente,

El Defensor del Pueblo de Navarra

Nafarroako Arartekoa

 

Patxi Vera Donazar

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