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Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q24/1338) por la que recuerda al Ayuntamiento de Echarri/Etxarri su deber legal de atender en tiempo y forma los escritos de la ciudadanía y recomendarle que proceda, sin más demora, a contestar a las instancias presentadas por la interesada; y le recomienda que, con carácter de urgencia, adopte o promueva las medidas necesarias para que puedan llevarse a término las modificaciones catastrales promovidas por la interesada.

15 mayo 2026

Hacienda

Tema: La falta de respuesta del Ayuntamiento de Echarri/Etxarri a unas instancias mediante las que se solicitan distintas modificaciones en el catastro.

Alcalde de Echarri / Etxarri

Señor Alcalde:

1. El 9 de diciembre de 2024 esta institución recibió un escrito de la señora doña (…), en representación de su padre, el señor don (…), por la falta de respuesta a unas instancias.

Seguidamente, esta institución se dirigió al Ayuntamiento de Echarri/Etxarri, solicitándole que informara sobre la cuestión planteada. El 30 de enero de 2025 se recibió el informe remitido, que fue incorporado al expediente.

A la vista de la información obrante en el expediente, el 17 de febrero de 2025 esta institución estimó oportuno recordar al Ayuntamiento Echarri/Etxarri su deber legal de atender en tiempo y forma los escritos de la ciudadanía, así como recomendarle que adoptase las medidas necesarias para dar cumplimiento a un acuerdo del pleno de la Entidad local de 26 de mayo de 2017, en el que se acordó el inicio de un expediente de modificación catastral de las parcelas (…) del polígono 1 a fin de que dejasen de estar calificadas como comunales y pasasen a ser consideradas de titularidad privada.

2. El 12 de marzo de 2026 la persona que interpuso la queja se volvió a dirigir a esta institución exponiendo lo siguiente:

“Tengo presentadas las siguientes instancias sin respuesta por parte del Ayuntamiento de Echarri/Etxarri:

141/2024 - 12/12/2024 Solicitud certificado fin de obra y licencia de primera ocupación en el polígono 1

20/2025 - 23/02/2025 Requerimiento modificación catastral de la superficie de parcela en el polígono 2. Se ha facilitado título de propiedad y plano donde se establece la situación de los metros reclamados (…)

21/2025 - 23/02/2025 Solicitud modificación catastral de las parcelas (…) del polígono 1 antes parcela 28. Se ha presentado el plano del catastro antiguo y catastro actual. Se ha facilitado la relación de propietarios y superficies del catastro antiguo que se pueden consultar en Riqueza Territorial. Se ha facilitado la relación de propietarios. El 28 de enero de 2025 el Ayuntamiento de Echarri/Etxarri solicito que se presentará de nuevo la solicitud ya que no aparece la documentación del expediente. El 28 de julio de 2025 el Secretario-Interventor solicitó la documentación que no aparece según se indica en la Resolución nº2 de 27/01/2025.

26/2025 - 24/02/2025 Modificación de la titularidad de las parcelas del polígono 1 en Echarri/Etxarri El 01/12/2017 se solicitó lo mismo”.

A la vista de ello, esta institución se dirigió nuevamente al Ayuntamiento de Echarri/Etxarri solicitando que informara sobre la cuestión suscitada.

En el informe recibido, se señala que los expedientes con referencia nº 203256 y nº 200780M se encuentran actualmente pendientes de informes técnicos por parte de la empresa Estudio 5, y a fecha de 31 de marzo el Ayuntamiento no ha recibido los citados informes, por lo que los expedientes no han podido continuar con su tramitación ordinaria.

Asimismo, se indica lo siguiente:

“- En relación con la entrada 141/2024, se advierte a interesada del error en la solicitud y se le requiere la subsanación del mismo.

- En cuanto a la entrada 20/2025, se requiere al técnico para que no demore más el informe solicitado.

- En cuanto a la entrada 21/2025, se requiere al técnico para que no demore más el informe solicitado.

Y en cuanto a la entrada 26/2025, se inicia expediente de modificación de titularidad catastral”.

3. A la vista de lo manifestado por la autora de la queja y la información remitida por el Ayuntamiento de Echarri/Etxarri esta institución constata que hasta la fecha no se ha procedido a dar contestación a los escritos presentados por la autora de la queja ni se han resuelto los expedientes de modificación catastral referidos, alguno de los cuales fue iniciado en el año 2017, según se indica por estar a la espera del informe técnico preceptivo.

Por ello, visto el tiempo transcurrido, esta institución considera oportuno recordar al Ayuntamiento de Echarri/Etxarri su deber legal de atender en tiempo y forma los escritos de la ciudadanía y recomendarle que adopte o promueva las medidas necesarias para que puedan llevarse a término las modificaciones catastrales promovidas por la interesada.

4. En consecuencia, y en ejercicio de las facultades que le atribuye el artículo 34.1 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, la institución del Defensor del Pueblo de Navarra ha estimado necesario:

a) Recordar al Ayuntamiento de Echarri/Etxarri su deber legal de atender en tiempo y forma los escritos de la ciudadanía y recomendarle que proceda, sin más demora, a contestar a las instancias presentadas por la interesada.

b) Recomendar al Ayuntamiento de Echarri/Etxarri que, con carácter de urgencia, adopte o promueva las medidas necesarias para que puedan llevarse a término las modificaciones catastrales promovidas por la interesada.

De conformidad con el artículo 34.2 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, procede que el Ayuntamiento de Echarri/Etxarri informe, como es preceptivo, en el plazo máximo de dos meses, si acepta esta resolución, y, en su caso, las medidas adoptadas para su cumplimiento.

De acuerdo con lo establecido en dicho precepto legal, la no aceptación de la resolución podrá determinar la inclusión del caso en el Informe anual correspondiente al año 2026 que se exponga al Parlamento de Navarra, con mención expresa de la Administración que no haya adoptado una actitud favorable cuando se considere que era posible.

A la espera de su respuesta, le saluda atentamente,

El Defensor del Pueblo de Navarra

Nafarroako Arartekoa

 

Patxi Vera Donazar

 

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