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Resolución del Defensor del Pueblo de Navarra (Q24/1287 y Q24/1321) por la que sugiere al Departamento de Educación que se estudie la viabilidad de incluir en los próximos presupuestos las obras necesarias para dotar al IES Basoko de una zona cubierta en su patio escolar.

29 enero 2025

Educación y Enseñanza

Tema: La falta de una zona cubierta en el patio escolar del IES Basoko.

Consejero de Educación

Señor Consejero:

1. El 26 de noviembre de 2024 esta institución recibió un escrito de una ciudadana mediante el que formulaba una queja por la negativa a cubrir parte del patio del IES Basoko de Pamplona/Iruña.

En dicho escrito, exponía que:

a) Es madre de dos alumnos del IES Basoko de Pamplona.

b) El centro carece de una parte del patio cubierto, siendo la instalación de una cubierta una de las peticiones reiteradas al Departamento de Educación por parte del centro, principalmente para que el alumnado pueda usarlo en recreos, asignaturas que hacen uso del mismo y actividades extraescolares los días de lluvia.

c) El Departamento de Educación no se ha mostrado favorable a llevar a cabo la instalación de una cubierta, pese a que la inversión sí se ha realizado en otros centros docentes.

Admitida a trámite la queja, se formó el expediente Q24/1287.

2. El 5 de diciembre de 2024 se recibió un escrito de otra ciudadana mediante el que formulaba una queja respecto a la misma cuestión.

Admitida a trámite la queja, se formó el expediente Q24/1321.

3. En relación con ambas quejas, esta institución se dirigió al Departamento de Educación, solicitando que informara sobre la cuestión suscitada.

El 26 de diciembre de 2024 se recibieron los informes remitidos, en los que, teniendo el mismo contenido, se señala lo siguiente:

El Departamento de Educación tiene el siguiente criterio de prioridades para la inversión en centros educativos públicos:

1. Adecuación de las infraestructuras por motivos de seguridad

2. Adecuar las infraestructuras a la matrícula prevista a corto – medio plazo.

3. Adecuación a la normativa vigente.

4. Mejora en la accesibilidad de los edificios.

5. Adecuación de las envolventes de los edificios.

6. Adecuación de las infraestructuras a otras metodologías.

7. Mejora y optimización de los espacios: patios cubiertos, etc.

8. Mejora estética de los edificios

9. Otras inversiones

Estos criterios son públicos y están colgados junto con el plan anual de inversiones en la web del Departamento de Educación.

Tal y como se puede apreciar en las prioridades de inversión, la construcción de patios cubiertos está supeditada a la ejecución de otras actuaciones que garantizan la seguridad o el espacio necesario y accesible acorde a la normativa vigente para la escolarización del alumnado desde primero de infantil hasta segundo de Bachillerato. Por esa razón, el Departamento de Educación ha construido patios cubiertos únicamente a través de un mandato parlamentario por cuanto el presupuesto asignado al Departamento de Educación para inversiones no es suficiente para atender a este tipo de construcciones.”

4. Como ha quedado reflejado, las quejas tienen por objeto la falta de un porche o cubierta en el patio del IES Basoko, lo que impide que el alumnado pueda salir a aquél en los días de lluvia.

A este respecto, el Departamento de Educación viene a alegar que la imposibilidad de atender esta solicitud se debe a la falta de presupuesto y a la necesidad de priorizar otras actuaciones, como la adecuación de las infraestructuras por motivos de seguridad y accesibilidad.

5. Esta institución entiende que los patios escolares, más allá de ser un lugar de esparcimiento, favorecen la socialización, la autonomía y el aprendizaje de valores que promueven la integración. También, el disfrute de estos espacios al aire libre contribuye a reducir los niveles de estrés del alumnado, estimula la actividad física y promueve la concienciación ambiental, aspectos que se consideran cada vez más relevantes en la educación actual.

En este contexto, esta institución considera esencial que los patios escolares sean espacios accesibles, seguros y funcionales, ya que constituyen un espacio esencial para el desarrollo integral del alumnado. Así, resulta imprescindible que las infraestructuras de estos espacios estén adaptadas a las necesidades educativas y climáticas, especialmente en un entorno como el de Navarra, donde las condiciones meteorológicas adversas son frecuentes y la falta de zonas cubiertas dificultaría significativamente el uso del patio en días de lluvia, limitando el derecho del alumnado a disfrutar de espacios recreativos adecuados y seguros.

De tal forma, esta institución estima razonable que los patios escolares cuenten con una parte cubierta para garantizar su utilidad durante todo el año, en línea con el artículo 122 de la Ley Orgánica de Educación, que establece la necesidad de dotar a los centros de infraestructuras que permitan el correcto desarrollo de las actividades educativas.

En esta línea, esta institución sugiere que se estudie la viabilidad de incluir en los próximos presupuestos las obras necesarias para dotar al IES Basoko de una zona cubierta en su patio escolar. 

6. En consecuencia, y en ejercicio de las facultades que le atribuye el artículo 34.1 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, la institución del Defensor del Pueblo de Navarra ha estimado necesario:

Sugerir al Departamento de Educación que se estudie la viabilidad de incluir en los próximos presupuestos las obras necesarias para dotar al IES Basoko de una zona cubierta en su patio escolar.

De conformidad con el artículo 34.2 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, procede que el Departamento de Educación informe, como es preceptivo, en el plazo máximo de dos meses, si acepta esta resolución, y, en su caso, las medidas adoptadas para su cumplimiento.

De acuerdo con lo establecido en dicho precepto legal, la no aceptación de la resolución podrá determinar la inclusión del caso en el Informe anual correspondiente que se exponga al Parlamento de Navarra, con mención expresa de la Administración que no haya adoptado una actitud favorable cuando se considere que era posible.

A la espera de su respuesta, le saluda atentamente,

El Defensor del Pueblo de Navarra

Nafarroako Arartekoa

 

Patxi Vera Donazar

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