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Agricultura, Comercio, Industria y Turismo
Tema: Falta de contestación inscripción carnicería en catálogo industrias agrarias no registrables.
Impulso de derechos
Vicepresidenta Primera y Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo
Señora Consejera:
El pasado 11 de julio de 2014 he recibido su informe referido a la queja presentada por el señor don […], por la falta de contestación a un escrito presentado hace más de seis meses sobre la inscripción de una carnicería en el catálogo de industrias agrarias no registrables.
A la vista de dicho informe, cabe concluir que la controversia objeto de la queja se ha solucionado.
No obstante, atendiendo a la fecha en que el autor de la queja presentó su solicitud (20 de enero de 2014) y a la de contestación por parte de la Administración (30 de junio de 2014), me veo en la obligación de recordar al Departamento de Economía, Hacienda, Industria y Empleo que todo ciudadano que se dirige por escrito a una Administración pública y solicita una determinada actuación de ésta, tiene derecho a que se le conteste por la misma vía en el plazo máximo establecido para la resolución de cada procedimiento administrativo, con independencia de cuál haya de ser el sentido de la respuesta. Así se desprende, en concreto, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Con la formulación de este recordatorio de deberes legales, y por razones de eficacia, pongo fin a mi intervención, sin perjuicio de que por el Departamento de Economía, Hacienda, Industria y Empleo se quieran realizar las precisiones que considere más oportuno.
Le agradezco la colaboración que ha prestado a esta institución.
Atentamente,
El Defensor del Pueblo de Navarra
Nafarroako Arartekoa
Francisco Javier Enériz Olaechea
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