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Recomendaciones, Sugerencias y Recordatorios de deberes legales

Urbanismo

Urbanismo y Vivienda

Al Ayuntamiento de Aranguren

Q21/254

En relación con la falta de contestación a una instancia:

  • Recordar al Ayuntamiento el deber legal de contestar por escrito a la instancia presentada por el interesado, y de resolver, de forma motivada, todas las cuestiones planteadas en la misma.

Al Ayuntamiento de Artajona

Q21/25

En relación con la falta de actuación del Ayuntamiento frente a unas obras realizadas por el vecino colindante a la autora de la queja:

  • Recomendar al Ayuntamiento que ejerza con la debida celeridad sus potestades de inspección y, en su caso, restauración de la legalidad en materia urbanística, acordando las medidas que procedan, en relación con las obras denunciadas por la autora de la queja.

Al Ayuntamiento de Ituren

Q21/445

En relación con la licencia otorgada a la propietaria de la parcela colindante de los autores de la queja para la construcción de una vivienda unifamiliar:

  • Recomendar al Ayuntamiento que vele por el cumplimiento de la determinación contenida en las Normas Subsidiarias vigentes respecto al camino contemplado entre el SG-2 y el lado oeste de la UA-3.

Al Ayuntamiento de Lodosa

Q21/556

En relación con el estado en el que se encuentra un solar:

  • Recomendar al Ayuntamiento que garantice que el terreno situado en las inmediaciones de la vivienda del autor de la queja mantiene las debidas condiciones legales de salubridad y limpieza, realizando las actuaciones que sean necesarias tanto con los propietarios del solar, como con los propietarios de los animales que lo utilizan.

Al Ayuntamiento de Mendavia

Q20/1245

En relación con la falta de actuación del Ayuntamiento ante una denuncia por el estado en que se encuentran varios edificios situados en el casco antiguo de la localidad:

  • Recomendar al Ayuntamiento que actúe, con la celeridad que sea precisa, en la realización de las actuaciones necesarias para mantener las construcciones a las que alude la queja en las debidas condiciones de seguridad, salubridad y ornato público, acudiendo, si fuera necesario, a la ejecución subsidiaria de la misma.

Al Ayuntamiento de Navascués-Nabaskoize

Q21/31

En relación con la imposición de una multa coercitiva por el incumplimiento de la orden de ejecución de obras en un edificio:

  • Recomendar al Ayuntamiento de Navascués-Nabaskoize que revoque la multa coercitiva objeto de queja, al no haberse respetado en su imposición el principio de proporcionalidad.

Al Ayuntamiento de Pamplona/Iruña

Q20/1139

En relación con las molestias que ocasiona una jardinera:

  • Recomendar al Ayuntamiento que vele porque la instalación de la jardinera a la que se refiere la queja no supone un peligro para la vivienda de la interesada, cuya terraza se encuentra debajo de dicha jardinera.

Q21/64

En relación con la altura de un nuevo edificio que se va construir junto a sus viviendas:

  • Recordar al Ayuntamiento el deber legal de tramitar la licencia de obras del edificio al que se refiere la queja, velando por el cumplimiento del planeamiento y de la restante normativa urbanística vigente, y de dar contestación a las alegaciones presentadas por las personas interesadas.

Al Ayuntamiento del Valle de Egüés/Eguesibar

Q21/901

En relación con el cobro de una tasa derivada de una consulta acerca del régimen urbanístico de una parcela:

  • Recomendar al Ayuntamiento que deje sin efecto la liquidación emitida al autor de la queja por la consulta urbanística que realizó, dada la demora apreciada en la respuesta.

Al Concejo de Sorauren

Q20/1048

En relación con los daños que ocasionan en una vivienda, las inundaciones que se producen como consecuencia del agua que proviene de un camino rural cuando llueve:

  • Recomendar al Concejo que analice en profundidad los problemas denunciados por la interesada, y, si constata que los daños derivados de las inundaciones son debidos a las escorrentías provenientes del camino rural al que alude la queja, realice las actuaciones necesarias para canalizar las aguas, evitando que confluyan en la vivienda donde reside la autora de la queja. Esta institución considera, asimismo, que una pequeña obra en la curva del camino podría solucionar técnicamente la cuestión.

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