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Recomendaciones, Sugerencias y Recordatorios de deberes legales

Transporte público

Transporte público

Al Departamento de Cohesión Territorial

Q23/1097

En relación con los perjuicios que sufrió el ciudadano a causa de no poder hacer uso del servicio de autobús al encontrarse cerrada la oficina, estar averiada la máquina de venta de billetes y no poder tampoco adquirirse los billetes en el propio autobús:

  • Sugerir al Departamento de Cohesión Territorial que inste a la empresa concesionaria del servicio a la adopción de las medidas precisas para homogeneizar la información de los horarios del servicio objeto de controversia, así como para garantizar que, ante una situación como la señalada en la queja (taquilla cerrada y máquina de venta de billetes averiada), los usuarios pueden adquirir los billetes en el propio autobús.

Aceptada.

Q23/1111

En relación con la falta de accesibilidad e inclusión en el servicio de autobús que se presta en Viana:

  • Sugerir al Departamento que, a fin de dar cumplimiento íntegro a la Ley Foral 31/2022, de 28 de noviembre, de atención a las personas con discapacidad en Navarra y garantía de sus derechos, en la próxima licitación del servicio de transporte objeto de la presente queja se exija la existencia de un bono de viajes o medida similar que facilite el acceso universal de las personas con discapacidad al transporte público regular de viajeros y viajeras.

Aceptada.

Q24/699

En relación con la respuesta insatisfactoria especto a dos denuncias realizadas por un sindicato ante la Inspección de Transporte:

  • Recordar al Departamento su deber legal de comunicar a los autores de denuncias en materia de transporte por carretera y de sus actividades auxiliares y complementarias su decisión sobre la incoación o no del expediente sancionador.

Aceptada.

A la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona

Q23/1137

En relación con el funcionamiento del servicio de taxis adaptados para personas con movilidad reducida:

  • Sugerir a la Mancomunidad que, a fin de asegurar el principio de accesibilidad universal previsto en el artículo 2.h) de la Ley Foral 31/2022, de 28 de noviembre, de atención a las personas con discapacidad en Navarra y garantía de sus derechos, y, consiguientemente, la posibilidad de que las personas con discapacidad puedan vivir de forma independiente, bien sea por sí misma o con la colaboración y asistencia de otras Administraciones y colectivos sociales, agilice e intensifique la implementación de las medidas precisas para mejorar el servicio de taxis adaptados, de modo que las personas con movilidad reducida puedan utilizar el servicio de taxi de forma autónoma y en igualdad de condiciones.

Aceptada.

Q24/526

En relación con las molestias de ruidos, vibraciones, humo y suciedad que padece una familia en su domicilio, situado a escasos metros de una parada del autobús urbano:

  • Sugerir a la Mancomunidad que modifique la ubicación de la parada del servicio de transporte urbano comarcal situada actualmente en el número 9 de la calle San Cristóbal de Pamplona, de forma que se reduzca la inmediatez a la vivienda del autor de la queja, sin perjuicio de preservar la accesibilidad para los usuarios.

No aceptada.

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