Búsqueda avanzada

Recomendaciones, Sugerencias y Recordatorios de deberes legales

Tráfico y seguridad vial

Tráfico y seguridad vial

Al Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior

Q21/186

En relación con el archivo de un recurso de alzada presentado ante el Tribunal Administrativo de Navarra:

  • Recomendar al Tribunal Administrativo de Navarra que revise de oficio la resolución de archivo del recurso de alzada al que se refiere la queja, toda vez que esta resolución se produjo sin entrar a analizar el fondo del asunto planteado (imposición de una sanción).

Q21/436

En relación con una resolución del Tribunal Administrativo de Navarra que avala un procedimiento sancionador tramitado por el Ayuntamiento de Orkoien en materia de tráfico:

  • Recordar al Departamento el deber legal de analizar cuantas cuestiones se susciten por los interesados en los recursos de alzada y, en particular, aquellas que puedan determinar su indefensión por imposibilidad de haber accedido al expediente administrativo de la Administración en el curso del procedimiento sancionador.

Al Departamento de Economía y Hacienda

Q21/331

En relación con la imposibilidad de registrar su dispositivo vía-T telemáticamente, a efectos de acceder a los descuentos correspondientes:

  • Sugerir al Departamento que, conjuntamente con Audenasa, impulse los trámites telemáticos alternativos a los trámites presenciales, en relación con los procedimientos de acceso a los descuentos relacionados con el dispositivo OBE VÍA-T.

Al Ayuntamiento de Ansoáin-Antsoain

Q21/248

En relación con la imposición de una sanción en materia de tráfico, que afirma no haberla cometido:

  • Recomendar al Ayuntamiento que deje sin efecto la sanción impuesta al autor de la queja, por no haber quedado debidamente probado que cometió la infracción que se le imputa, ni haberle notificado en el acto, sin causa justificativa, la denuncia que se le formuló.

Al Ayuntamiento de Bakaiku

Q21/308

En relación con los problemas que ocasiona a la interesada un vehículo que, ocasionalmente, está estacionado en las inmediaciones de su domicilio:

  • Sugerir al Ayuntamiento que contacte con la autora de la queja, con el fin de aclarar las cuestiones planteadas en el escrito de queja, en relación con el estacionamiento puntual de un vehículo en las inmediaciones de su vivienda .

Al Ayuntamiento de Burlada/Burlata

Q21/42

En relación con la falta de adopción de medidas frente al estacionamiento de vehículos en el polígono industrial de Mugazuri:

  • Recomendar al Ayuntamiento que adopte medidas para que el acceso a la nave del autor de la queja, ubicada en el polígono Mugazuri, no se vea impedido por el estacionamiento de vehículos.

Al Ayuntamiento de Pamplona/Iruña

Q21/48

En relación con la falta de contestación a una reclamación interpuesta frente a una denuncia por estacionar sin tique en una zona de estacionamiento limitado:

  • Recomendar al Ayuntamiento que notifique las decisiones de archivo de las denuncias formuladas a los interesados en los casos en que estos presenten alegaciones frente a dichas denuncias.

Q21/149

En relación con la retirada de un vehículo por el servicio municipal de grúa:

  • Recomendar al Ayuntamiento que deje sin efecto el acto de retirada del vehículo por el servicio municipal de grúa al que se refiere la queja, y que devuelva a la interesada el importe correspondiente, al haber quedado acreditado que esta cometió un error al introducir la matrícula de su vehículo en la aplicación Telpark, encontrándose abonado el importe del estacionamiento.

Q21/250

En relación con la imposición de varias multas de tráfico, como consecuencia del acceso no autorizado al casco antiguo de Pamplona/Iruña:

  • Recomendar al Ayuntamiento que revoque las sanciones impuestas al autor de la queja por acceso indebido al casco antiguo de la localidad, al permitir el artículo 7 del Real Decreto 1056/2014, de 12 de diciembre, por el que se regulan las condiciones básicas de emisión y uso de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad, a los titulares de estas tarjetas el acceso a vías, áreas o espacios urbanos con circulación restringida a residentes siempre que el destino se encuentre en el interior de esa zona.

Q21/464

En relación con la imposibilidad de abonar una sanción de tráfico con descuento por pronto pago, debido a la errónea información facilitada por personal del Ayuntamiento de Pamplona/Iruña:

  • Recomendar al Ayuntamiento que deje sin efecto el procedimiento de apremio incoado al autor de la queja y permita el abono de la sanción reducida y sin los recargos correspondientes.

Q21/722

En relación con la obligación de abonar una fianza, al solicitar una licencia de paso de vehículos por la acera (“vado”), para garantizar la reparación de posibles daños.

  • Recomendar al Ayuntamiento que no exija fianzas previas a la obtención de licencias de vado, por entender que tal exigencia no se acomoda a lo previsto en la Ley Foral de las Haciendas Locales de Navarra, sin perjuicio del deber de reintegro del coste de reparación del dominio público que, en caso de deterioro surgido por el uso, establece dicha la ley.

Q21/882

En relación con el trato dispensado a la interesada por una trabajadora de la empresa concesionaria del servicio de la zona de estacionamiento limitado y restringido:

  • Recordar al Ayuntamiento el deber legal de dispensar, a través del personal a su servicio, un trato diligente y esmerado en sus relaciones con todos los ciudadanos y ciudadanas.

Q21/961

En relación con la anulación de una tarjeta de residente para el aparcamiento en la zona de estacionamiento limitado y restringido:

  • Recomendar al Ayuntamiento que, previamente a la anulación de las tarjetas de residentes para el aparcamiento en la zona de estacionamiento limitado y restringido, dé audiencia a las personas afectadas por dicha anulación.

Al Ayuntamiento de Peralta/Azkoien

Q21/933

En relación con la falta de contestación a una solicitud de información relativa a un aparato de captación de imágenes utilizado para imponer multas de tráfico:

  • Recordar al Ayuntamiento el deber legal de dar contestación a las solicitudes de información pública que le presenten los ciudadanos y ciudadanas en el plazo máximo de un mes establecido en el artículo 41.1 de la Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Al Ayuntamiento de Tudela

Q20/119

En relación con la notificación de dos denuncias sobre los mismos hechos:

  • Recomendar al Ayuntamiento que deje sin efecto la sanción impuesta al autor de la queja, por no haberle notificado en el acto, sin causa justificativa, la denuncia que se le formuló.

Q21/262

En relación con la incoación de múltiples expedientes sancionadores a la autora de la queja por circular por una zona peatonal sin autorización:

  • Recomendar al Ayuntamiento que deje sin efecto los expedientes sancionadores sucesivamente incoados a la autora de la queja por circular repetidamente (en un espacio de unos quince días, aproximadamente) sin autorización por una zona peatonal de la que es residente, exceptuado el primero de ellos, considerando que se trató de una infracción continuada.

Q21/605

En relación con una denuncia tras haber estacionado un vehículo eléctrico en la zona de estacionamiento limitado de Tudela:

  • Recomendar al Ayuntamiento que deje sin efecto la denuncia formulada a la autora de la queja, al haber quedado acreditado que su vehículo es de emisión nula y, por tanto, de acuerdo con la Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por estacionamiento de vehículos de tracción mecánica en las vías públicas de permanencia limitada, no está sujeto a la tasa.

Al Ayuntamiento del Valle de Egüés-Eguesibar

Q21/136

En relación con una multa de tráfico por exceso de velocidad, impuesta al interesado por un dispositivo de radar:

  • Recomendar al Ayuntamiento que revoque la sanción objeto de queja, a la vista de la falta de concreción del punto exacto donde se ubicaba el dispositivo radar desde el que se sacó la fotografía que sirvió de prueba para demostrar el exceso de velocidad denunciado, y la señalización anteriormente existente en un tramo de la avenida donde el interesado fue denunciado, que permitía la circulación a 40 kilómetros por hora.

Q21/301

En relación con la imposición de una sanción por exceso de velocidad y el posterior procedimiento de apremio seguido para el cobro de la multa:

  • Recomendar al Ayuntamiento que deje sin efecto la denuncia objeto de queja, al no haberse notificado conforme dispone la ley, y los actos recaudatorios subsiguientes derivados de la misma, con devolución de la cantidad correspondiente.

Compartir contenido