Hacienda pública
Hacienda
Al Departamento de Economía y Hacienda
Q23/429
En relación con la falta de resolución de su recurso de alzada, relativo a la valoración catastral de un inmueble:
- Recordar al Departamento su deber legal de atender en tiempo y forma los recursos de alzada de la ciudadanía.
Aceptada.
Q23/1169SN
En relación con el régimen transitorio aplicable a las mutualidades de previsión social que prevé la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:
- Sugerir al Departamento que impulse una modificación legislativa tendente a dejar sin efecto la exclusión de las pensiones de la Seguridad Social que contempla el apartado cuarto de la disposición transitoria segunda de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, referente al “régimen transitorio aplicable a las mutualidades de previsión social”, introducida por la Ley Foral 29/2019, de 23 de diciembre de 2019, a fin de que los pensionistas que tributen en Navarra reciban el mismo trato en este aspecto que el dispensado en el conjunto del Estado, también en los ejercicios fiscales 2020 y siguientes.
No aceptada.
Q24/377
En relación con la imposibilidad de solicitar de manera presencial en las oficinas de la Hacienda Foral de Navarra una cita para poder realizar la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas:
- Sugerir al Departamento que, con vistas a la próxima campaña del IRPF, permita, con carácter generalizado, solicitar citas de manera presencial para poder realizar la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas, de forma que el servicio sea accesible para todas las personas que lo soliciten, facilitándoles en mayor grado el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
No aceptada.
Q24/388
En relación con la denegación del servicio de asistencia para realizar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:
- Sugerir al Departamento que, con vistas a la próxima campaña del IRPF, suprima las causas de exclusión previstas para recibir asistencia presencial o telefónica para la elaboración de la declaración, de forma que el servicio sea accesible para todas las personas que lo soliciten, facilitándoles en mayor grado el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
No aceptada.
Q24/578 y Q24/579
En relación con la supresión del servicio de realización de las declaraciones de la renta a través de entidades bancarias y la dificultad para contactar y concertar cita con los servicios de la Hacienda Tributaria de Navarra:
- Sugerir al Departamento que, con vistas a la próxima campaña del IRPF, permita, con carácter generalizado, el acceso al servicio de asistencia en la elaboración de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, de forma que dicho servicio sea accesible para todas las personas que lo soliciten, facilitándoles en mayor grado el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, habilitando los recursos necesarios y precisos a tal fin.
Pendiente de respuesta.
Al Ayuntamiento de Barañáin/Barañain
Q24/328
En relación con la falta de contestación a una instancia relativa a la cuota mensual del gimnasio municipal de Barañáin/Barañain
- Recordar al Ayuntamiento su deber legal de atender en tiempo y forma los escritos de la ciudadanía.
Aceptada.
Q24/776
En relación la falta de contestación a unas instancias relativas con el cobro de una licencia de instalación de terraza:
- Recordar al Ayuntamiento su deber legal de atender en tiempo y forma los escritos de la ciudadanía.
- Sugerir al Ayuntamiento que revise las actuaciones ejecutivas vinculadas al recibo de 1 diciembre de 2012 número 2022/024/29 y reembolse a la interesada las cuantías que se le hayan embargado y liquidado por importe superior a lo que, en línea con lo expuesto, le habría correspondido pagar.
Aceptada.
A la Mancomunidad de Montejurra
Q24/703SN
En relación con el alta de oficio en el servicio de recogida de residuos urbanos y el requerimiento de abono de tasas anteriores devengadas:
- Sugerir a la Mancomunidad que modifique su Ordenanza reguladora de las tasas por recogida, tratamiento y aprovechamiento o eliminación de residuos y demás actividades prestadas en relación con dicho servicio, a fin de evitar que a las personas que residen y desarrollan una actividad sometida al Impuesto de Actividades Económicas en la misma unidad inmobiliaria tengan que hacer frente a una doble tasa: la inherente al domicilio y la derivada del ejercicio de la actividad profesional.
No aceptada.