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Recomendaciones, Sugerencias y Recordatorios de deberes legales

Funcionamiento de las entidades locales

Funcionamiento de las entidades locales

 

Al Ayuntamiento de Cadreita

Q23/1026

En relación con la falta de respuesta a una solicitud de baja del padrón municipal de varias personas que constan empadronadas en la vivienda en la que reside el autor de la queja:

  • Recordar al Ayuntamiento su deber legal de atender en tiempo y forma los escritos de la ciudadanía.

Aceptada (legislatura 2023-2027).

Al Ayuntamiento de Pamplona/Iruña

AO23/2

En relación con las dificultades o trabas que encuentran para empadronarse personas desfavorecidas o en situación de dificultad o exclusión social:

  • Recomendar al Ayuntamiento de Pamplona/Iruña, en relación con el empadronamiento de personas en situaciones de exclusión que carecen de vivienda o residen en infraviviendas, o que padecen vetos o condicionamientos indebidos por parte las personas propietarias de viviendas o habitaciones alquiladas, que:

a) Procure alternativas para los casos en que dichos propietarios impidan o condicionen indebidamente el empadronamiento de personas, con vistas a favorecer este y a reflejar la realidad residencial, siendo proactivo en la utilización de la denominada “alta de oficio”, sin perjuicio de la correspondiente comprobación municipal.

b) En su ámbito interno, y sin perjuicio de buscar también la coordinación con otras entidades, trabaje en la elaboración de unos criterios o parámetros generales para proceder al empadronamiento en situaciones especiales, en casos de personas sin vivienda o en infraviviendas, procurando la coherencia y la no discriminación en la toma de decisiones, contando para ello con la participación de las entidades sociales que atienden a personas en exclusión. Y que, en casos que puedan resultar dudosos, se resuelva a favor del empadronamiento de los interesados, con vistas a procurar garantizar sus derechos.

c) Valore adoptar medidas para procurar contar con un mayor grado de documentación y registro de las situaciones referidas (demandas de empadronamiento, negativas, constancia de impedimentos de las personas propietarias, utilización de vías alternativas al empadronamiento con autorización de las mismas, etcétera) y que, en todo caso, las denegaciones, de producirse, se formalicen expresamente, por escrito y con indicación a los interesados de las vías impugnatorias correspondientes.

Aceptada (legislatura 2023-2027).

Al Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz)/Noain (Elortzibar)

Q23/158

En relación con el requerimiento de los originales de unos documentos para la práctica de la inscripción en el padrón de Noáin, de unos menores que estaban inscritos en el padrón de Burlada/Burlata:

  • Sugerir al Ayuntamiento que, por los motivos expuestos anteriormente, con base a la documentación obrante en poder de la interesada y, en su caso, de su declaración responsable mediante el anexo I de la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal, proceda a la inscripción de sus dos hijos menores en el padrón municipal de la localidad.

Aceptada.

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